Finjus: ley obliga al Estado a licitar acciones Refinería

Finjus: ley obliga al Estado a licitar acciones Refinería

La Fundación Institucionalidad y Justicia planteó ayer, previo análisis jurídico, que es obligatorio para el Estado Dominicano que se proceda a licitar públicamente la venta de  acciones de la Refinería de Petróleo. El juicio de la conocida entidad se ofrece a propósito del anuncio hecho recientemente por el secretario de Hacienda, Vicente Bengoa Albizu, en el sentido de que el Gobierno acordó venderle al Gobierno Venezolano, a través de PDVSA, el 49% de las acciones de la Refinería de Petróleo.

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) afirmó ayer que el  Estado  está obligado a hacer una licitación pública de las acciones de la Refinería Dominicana de Petróleo (Refidomsa) que se propone vender a la empresa Petróleos de Venezuela (Pedevesa).

El  doctor Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de Finjus, dijo que en la legislación administrativa dominicana no existe   un régimen especial o particular  para la venta de activos incorporales, como lo son las acciones propiedad del Estado en sociedades comerciales.

Señaló que para ese tipo de activos se aplica la cláusula residual del artículo 5 de la Ley 340-06, debiendo, en consecuencia, ser observados los procedimientos de selección.

En ese sentido, consideró como “inapropiado” pretender excluir los contratos de derecho privado de la administración del régimen de selección de la persona con la que el Estado va a contratar.

 “Ello no es solo desmentido por la experiencia comparada, sino por la propia Ley 340-06, que incluye nominativamente entre los contratos sujetos a los procesos de selección a típicos contratos privados de la administración, como los alquileres con o sin opción de compra, arrendamiento de bienes, propios o de terceros o los contratos de consultoría”, dijo Castaños.

Con esta afirmación, la entidad contradice la opinión de algunos funcionarios del Gobierno, entre ellos el doctor Mariano Germán, que han afirmado que la venta de las acciones de Refidomsa es un acto de comercio que no requiere licitación pública, en virtud de lo establecido en el Código de Comercio.

Reconoció como  un dato incuestionable que las instituciones públicas están facultadas para suscribir contratos administrativos o contratos privados, pero dijo que  entre ambos existe una diferencia, que es el régimen jurídico aplicable en cuanto a sus efectos.

Concluimos, en ese sentido, en que es obligatorio para el Estado Dominicano que se proceda a licitar públicamente la venta de dichas acciones”, dijo la Finjus en un documento. 

Antecedentes

Firma acuerdo

Las autoridades dominicanas y venezolanas esperan concretar la venta del 49% de las acciones de Refidomsa el  30 de este mes, cuando se espera la visita del presidente Hugo Chávez a la República Dominicana para participar de los actos conmemorativos del centenario del  nacimiento de Juan Bosch.

 El secretario de Hacienda,  Vicente Bengoa, informó que Venezuela pagará  US$ 130 millones por la compra de esas acciones.

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