FINJUS llama a respetar Constitución en nombramiento de funcionarios

FINJUS llama a respetar Constitución en nombramiento de funcionarios

Los medios de comunicación ha recogido la preocupación de amplios sectores sociales sobre la cantidad exagerada de nombramiento de viceministros, secretarios de estado, asesores y asistentes del Poder Ejecutivo en diferentes áreas de la administración pública, en clara violación de los preceptos de la nueva Constitución y en choque con los principios éticos que deben predominar en nuestra sociedad.  

Uno de los avances más importantes incorporados en la Constitución proclamada el 26 de enero de 2010 es la racionalización de la administración pública. Por primera vez se reconocen una serie de principios fundamentales, como son la eficacia, la economía, la necesidad o la coordinación que deberán servir de parámetros para la reorganización de la administración pública y la consiguiente disminución de altos puestos públicos carentes de funciones precisas para el despacho de los asuntos de gobierno.

La Constitución es tajante al reafirmar el principio de legalidad como base de la estructuración de los altos cargos de la Administración Pública. Dispone que sólo pueden ostentar la categoría de ministros aquellos altos funcionarios que dirijan los ministerios creados por ley.

En la Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS) consideramos que la Constitución no permite designar “ministros sin carteras” ni otorgar el “rango de ministros” a funcionarios que dirijan dependencias públicas que no sean ministerios. Otro aspecto importante es que la Constitución limita el cargo de los viceministros conforme el principio de la “necesidad institucional” y, por tanto, no pueden atribuirse el cargo de viceministros a personas que desempeñarán funciones que no hayan sido establecidas por ley.

Importantes instituciones nacionales han manifestado su preocupación por el nombramiento de esos funcionarios debido a que los mismos reflejan una contradicción con la necesidad expresada de transparencia y austeridad en el manejo del Estado, ya que se percibe que dichas designaciones responden a esquemas propios del clientelismo político que éticamente es indeseable y merece la repulsa colectiva. 

FINJUS es consciente de que el Presidente de la República pudiera requerir el apoyo de funcionarios de confianza, de menor jerarquía que los ministros, para la realización de tareas de gobierno que no colidan con las funciones asignadas legalmente a los ministerios. Es así que el Poder Ejecutivo pudiera contar con un mínimo de “Secretarios de Estado sin cartera”, siempre y cuando realicen funciones necesarias, concretas y coordinadas que coadyuven a la buena gestión de la Administración Pública.

FINJUS advierte como una necesidad prioritaria la adopción de Ley Orgánica de la Administración Pública que racionalice la estructura de las dependencias del Poder Ejecutivo y estandarice los cargos de libre designación con que cuenta el Presidente de la República. Es por esta razón que apoya firmemente la iniciativa emprendida por el Ministerio de Administración Pública para reducir los viceministros, los secretarios de estado sin cartera y la eliminación del puesto de subsecretario sin cartera.

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