Finjus pide Congreso acoger sugerencias sobre Ley Partidos

Finjus pide Congreso acoger sugerencias sobre Ley Partidos

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) pidió a los legisladores acoger sus observaciones y recomendaciones que hizo a los proyectos de Ley de Partidos sometidos por la Junta Central Electoral (JCE) y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), entre los cuales, dijo, hay contradicciones sobre aspectos fundamentales que no se pueden soslayar.

Recordó que la propuesta del PLD, elaborada sobre la base de la presentada por la JCE, “ha generado alta preocupación, al presentar graves contradicciones” con el marco normativo y los avances registrados en el proceso de reforma de la institucionalidad democrática.

“Si queremos que la Ley de Partidos que se apruebe sirva para generar cambios que faciliten el control de la corrupción, la erradicación del clientelismo y el fortalecimiento de mecanismos de sanciones a quienes desnaturalizan el ejercicio de la política y el papel fundamental que juegan los partidos en la democracia, los comentarios y aportes realizados por Finjus a ambos proyectos de ley deben ser tomados en cuenta”, dijo el vicepresidente ejecutivo de la entidad, Servio Tulio Castaños Guzmán.

Finjus reitera su propuesta en momentos en que todavía se cuestionan los hechos ocurridos durante el reciente proceso electoral, y de que los congresistas anunciaran su disposición de aprobar una Ley de Partidos que hace 17 años se discute en el Congreso Nacional.

Discrepancias entre proyectos JCE-PLD. Tienen que ver con la función de los partidos políticos; incompatibilidades con las funciones y labores político-partidarias; democracia interna, idoneidad de los candidatos; igualdad y equidad de género en el acceso a puestos directivos, y la transparencia y rendición de cuentas de fondos públicos y donaciones, según la Finjus.

Propuestas. Dice que en el artículo 1, sobre la función de los partidos, “la ley queda en una nebulosa sobre las competencias y atribuciones de los órganos responsables del Estado en la supervisión de los partidos y agrupaciones políticas”.

En el artículo 2, Finjus propone una redacción que procure dar un contenido más específico sobre el papel de los partidos y las agrupaciones políticas en el régimen democrático, así como hacer referencia tanto a la labor de Gobierno, como de oposición.

Del párrafo 1 propone flexibilizar el Proyecto de la JCE que considera solamente como partidos políticos con derecho a presentar candidaturas en todos los niveles de elección a las instituciones que tengan presencia y representación en todo el territorio nacional.

Propone establecer que la presencia será al menos en municipios cabeceras y el Distrito Nacional.

Sobre la afiliación política, en el artículo 3, sugiere incluir como requisito que esta sea elevada por el ciudadano por escrito y sin costo, ante el presidente del partido o agrupación política, quien deberá tramitar copia a la Junta Central Electoral. Igual formalidad se requerirá para la renuncia.

Afirma la Finjus que con la eliminación del párrafo del artículo 4 “se restan garantías a la independencia entre los poderes del Estado e interinstitucional, se facilita la opacidad y se le resta a la JCE capacidad de control”.

Propone que en el artículo 7 se vuelvan a incluir valores fundamentales inherentes a la función de los partidos políticos, con base en la Constitución, que fueron suprimidos.

 

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