Finjus propone estudiar la figura del “fiscal electoral”

Finjus propone estudiar la figura del “fiscal electoral”

Serbio tulio castaño guzmán, el vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia-Finjus- durante el 1er Congreso Justicia Electoral y Valores Democráticos en una hotel de esta Cuidad. Santo Domingo Rep. Dom. 18 de agosto del 2018. Foto Pedro Sosa

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, propuso ayer que se estudie la funcionalidad de la figura del “fiscal electoral”, un agente del Ministerio Público dotado de la especialización necesaria para perseguir las infracciones electorales.
“Para el conocimiento de esas infracciones, de las cuales la Ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral atribuye competencia a este órgano, se hace necesario de un persecutor que tenga las facultades y el elemento orgánico que haga viables sus funciones, para su efectiva judicialización”, dijo durante su intervención en el Primer Congreso Internacional de Justicia Electoral y Valores democráticos.
Entiende que la actual labor de persecución que realiza el Ministerio Público “por apoderamiento de parte interesada” hace que estos tipos de delitos “sean arrastrados a la perspectiva pura de lo penal, arriesgando el tratamiento diferenciado que ameritan estos actos antijurídicos”.
Fortalecimiento normativo. Castaños Guzmán consideró necesario robustecer el régimen normativo electoral, especialmente luego de la aprobación de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos No. 33-18, legislación que, a su juicio, requiere de mayor precisión debido a la “importancia social y política de nuestro país”.
En tal sentido, argumentó que el apartado sobre penalidades de esta ley presenta ambigüedades, puesto que el legislador ha incluido tipos penales que conllevan sanciones administrativas y otros que acarrean sanciones penales.
“Esta ambigüedad en la redacción de las normas que ameriten una violación a las reglas de juego y a la estructuración de tipos penales suele ser común en muchas legislaciones de nuestro país”, manifestó.
A su vez, recomendó la revisión de la Ley Electoral No. 275-98 debido a que esta no hace una distinción entre los conceptos de “delito”, “crimen” e “infracción”, indiferencia que se refleja en las penas aplicables a quienes incurran en estos hechos punibles.
“Si tenemos un sistema de consecuencias fuerte, será más difícil que el ejercicio político y el régimen electoral sean golpeados por el clientelismo, las arbitrariedades y la presencia de actores políticos que con sus acciones contaminan el escenario político dominicano”, dijo Castaños Guzmán.

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