Fiscalía no presentó acusación  hermanos

Fiscalía no presentó acusación  hermanos

La puesta en libertad de los colombianos Huber Oswaldo Buitrago Ruiz y Ángel María  Buitrago Vacca, acusados de integrar una red de narcotráfico y lavado de activos que operaba en el país, obedeció, entre otras cosas, a que sobrepasaron el plazo de ley en prisión preventiva sin que el Ministerio Público  presentara acusación o solicitud de apertura de juicio en su contra.

Así  consta en  la resolución número   400-SS-2013 de fecha  4 de septiembre,   de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, donde se conoció el recurso de apelación de los hermanos Buitrago contra la resolución 142-2013 del Cuarto Juzgado de la instrucción del Distrito Nacional, que les había impuesto la prisión preventiva. En sus considerando, la resolución resalta que  en el expediente contra los recurrentes no consta que  en los allanamientos hechos en sus respectivas residencias  se les haya ocupado nada comprometedor, y que tampoco  el Ministerio Público  aportó las intervenciones telefónicas que dice poseer y que vinculan a los  hermanos Buitrago con los hechos que se les imputa.

Agrega, además, que la Ley 72-02, sobre Lavado de Activos, propone como uno de sus objetivos, “acabar con la actual situación de prisión preventiva”;  que éstas no pueden ser indefinidas a la espera de que el órgano acusador aperture juicio, en infracción de los plazos ventajosamente vencidos en la ley;  y que en ningún caso las medidas de coerción pueden constituír una pena anticipada.

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