Fortalezas y debilidades del CDP

Fortalezas y debilidades del CDP

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El Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) es una corporación de derecho público y en menor medida de derecho privado, que agrupa y representa a los profesionales del periodismo de la República Dominicana, creado mediante la ley 10,91 el 7 de mayo de 1991.
Con una impronta de 36 años de trabajo (28 años bajo la Ley 10,91 y 8 bajo la 148) derogada por ley vigente. Con indiscutibles fortalezas en algunos aspectos nodales y grandes debilidades en puntos fundamentales.
El CDP ha cumplido con varios objetivos de la ley de colegiación periodística vigente, 10,91. Sus fortalezas fundamentales son, 1) Respeto y cumplimiento ley, Estatutos y Reglamentos Internos, 2) Defensa a la libertad de expresión y difusión del pensamiento,(aunque no con la contundencia necesaria,) 3) Defensa al ejercicio profesional y la ética profesional, (aunque no con la contundencia requerida).
4) Educación continua a los profesionales del periodismo con el propósito de elevar su nivel profesional) (ha faltado una clara visión) ,5) Solidaridad con el periodista y su familia,6) Ha desarrollado programas de Previsión y asistencia social y de recreación,7) Celebración de las asambleas ordinarias y electoral de manera ininterrumpida y cada 2 años para escoger las autoridades del CDP, respetándose la democracia interna.
8) Defensa de periodistas en los tribunales, con asignación de abogados,9) Ha realizado investigaciones puntuales en el ámbito de la comunicación y del periodismo, 10) Ha logrado distinciones profesionales como el Premio Nacional de Periodismo, 11) Conquista social como las pensiones a periodistas enfermos y con méritos, edad biológica y profesional, 12) Construcción de la Casa Nacional del Periodista (aunque muy poco funcional).
13,) Organización y funcionamiento de seccionales en todas las provincias y en Los estados Unidos, 14), Vínculos del CDP con los poderes del Estado y con casi todas las organizaciones e instituciones vivas de la sociedad, 15,) Vínculos internacionales con casi todas las federaciones, organizaciones y asociaciones de periodistas 16,) Lograr que los periodistas le guarden respeto y afectos al CDP y a sus dirigentes, (aun con sus críticas), entre muchos otros.
En la próxima entrega abordaremos las debilidades, oportunidades y amenazas que tiene el CDP en estos momentos. Enhorabuena.

“Los colegios profesionales son corporaciones de derecho público cuyos miembros pertenecen a una misma profesión, que tienen como finalidad la ordenación del ejercicio de las profesiones, la representación exclusiva de los mismos, y la defensa de los intereses profesionales de sus miembros.
La pertenencia al colegio profesional correspondiente es un requisito indispensable para poder ejercer una profesión colegiada.
A los colegios profesionales les corresponde defender los ámbitos competenciales, luchar contra el ejercicio indebido, competencia desleal, promover la cooperación y ayuda entre sus miembros y la protección mutua y asistencia social de los mismos y sus familiares, desarrollar su formación y promoción, etc.
Además, ejercen por delegación de la Administración determinadas funciones de carácter público, como el control de las condiciones de ingreso en la profesión y el ejercicio de la potestad disciplinaria sobre sus miembros…
Los colegios se rigen por sus Estatutos y Reglamentos de régimen Interior…
Al frente de cada Colegio existe una Junta de Gobierno…
Son entes de base corporativa en los que concurren las notas más tipificadores de las administraciones especializadas. Así, la organización de los servicios básicos de apoyo y estimulo de la profesión, el control disciplinario de la misma, la defensa de los intereses comunes, y la de los individualizados en su caso, de los profesionales adheridos y la representatividad de la organización colegial. Se trata de corporaciones de derecho público amparados por la ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia; colaboran con la Administración Publica en los asuntos relacionados con la protección colegiada…Enciclopedia Jurídica, Edición 14, Internet

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