FP rechaza decisión del TSE por proteger intereses

FP rechaza decisión del TSE por proteger intereses

Tribunal Superior Electora

La decisión se produce en el marco de la campaña electoral desarrollada de cara a los comicios de febrero y mayo de este año.

La decisión del Tribunal Superior Electoral de convocar a nuevas votaciones para la elección del presidente del Colegio de Abogados de República Dominicana (CARD) a través de su Comisión Nacional Electoral, ha provocado que el partido Fuerza del Pueblo (FP) actúe para impedir a tres jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE) arbitrar cualquier conflicto que vincule al partido por su parcialidad y clara inclinación hacia la protección de los intereses del Partido Revolucionario Dominicano (PRM) y el Gobierno del presidente Luis Abinader.

Raúl Martínez, secretario de Asuntos Jurídicos del partido opositor, explicó que la decisión de los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Fernando Fernández Cruz y Pedro Pablo Yermenos Forastieri, pretende deslegitimar los resultados del certamen electoral del Colegio de Abogados violentando la Ley Núm. 29-11, Orgánica del Tribunal Superior Electoral, y la Ley Núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.

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El dirigente político sostuvo además, que ante la parcialidad de los jueces, el partido político procederá a recusar cada caso que relacione la organización partidaria.

«La sentencia que pretende deslegitimar los resultados del certamen electoral del Colegio de Abogados, constituye una aberración jurídica mayúscula que pone de manifiesto la profunda hostilidad de estos tres jueces hacia los partidos que conforman la Alianza Rescate RD», señaló.

Reiteró que el partido Fuerza del Pueblo nació para defender la Constitución y la democracia, razón por la que no descansará hasta que el Gobierno reconozca el triunfo de Trajano Vidal Potentini, ya que, según afirman, se propone impedir que se reconozca la victoria del nuevo presidente y así desconocer la voluntad mayoritaria de la comunidad jurídica nacional. Rehúsa que se realice nueva vez las votaciones.

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