Franjul dice temer en el país se pierdan conquistas de la libre expresión y prensa

Franjul dice temer en el país se pierdan conquistas de la libre expresión y prensa

En la República Dominicana se podrían perder los avances logrados tras la eliminación de algunas penalizaciones que afectaban el libre ejercicio de la expresión y de la prensa, que fueron quitadas por el Tribunal Constitucional, luego que el Congreso Nacional abrió las puertas a dos iniciativas legales que podrían revertir esta conquista.
La voz de alerta fue dada por el periodista Miguel Franjul, director del Listín Diario y vicepresidente de la Comisión de Libertad de Prensa de la SIP para la República Dominicana.
Franjul dijo que ambas piezas fueron introducidas en el Congreso bajo el pretexto de readecuar el orden regulatorio de los medios de comunicación.
Los planteamientos forman parte del informe sobre la situación de la libertad de prensa en la República Dominicana en el semestre abril-octubre del 2016 presentado por Franjul ante la 72 Asamblea General en Ciudad México, que tiene lugar del 13 al 18 de este mes. “Después de haber logrado que el Tribunal Constitucional (TC) eliminara algunas penalizaciones que afectaban el libre ejercicio de la expresión y de la prensa, el Congreso Nacional le ha abierto las puertas a dos iniciativas legales que, bajo el pretexto de readecuar el orden regulatorio de los medios de comunicación, podrían revertir esta conquista”, indicó.

Explicó que se trata de dos proyectos de ley, uno que regula la protección al derecho a la intimidad, el honor, el buen nombre y la propia imagen; y otro que establece definiciones de medios de comunicación y sus responsabilidades y el secreto profesional, que se encuentran sometidos a vistas públicas. Sostuvo que ante esa situación, la Sociedad Dominicana de Diarios se pronunció sobre ambos proyectos, considerando que “en esencia, constituyen limitantes para la libertad de expresión, en los que se aprecia, aunque de manera sutil, una tendencia sobrereguladora”.

Alertó que en uno de esos proyectos figura un artículo que pretende desconocer la sentencia 0075-16 del TC que declaró inconstitucional el artículo 48 de la ley vigente 6132 sobre libertad de expresión que hacia a los propietarios de medios escritos civilmente responsables de las condenaciones pecuniarias a favor de terceros.

Dijo que esa es una pretensión que viola el precedente constitucional establecido por la referida sentencia, puesto que las decisiones del TC son vinculantes para los poderes públicos, incluso para el Congreso Nacional, “que debe tener a la vista las opiniones y decisiones del TC como guardián de la Constitución a la hora de legislar”.

Franjul llamó la atención de que dicho desconocimiento se vuelve a reproducir en el artículo siguiente cuando expresa que, “en todos los casos mencionados en este artículo, una vez establecido que la publicación es difamatoria o injuriosa, si no se comprueba quien es el culpable de la misma, el propietario del medio será siempre responsable civilmente”.
Recordó que en cuanto a la responsabilidad penal de los autores de delitos de difamación e injuria, el referido articulo 30 consigna que en los medios impresos el sindicado como autor principal habrá de ser “el autor que firme el artículo o nota que contenga las alegadas difamaciones e injurias, conjuntamente con quien autorizó su publicación.
Sostuvo que si el artículo o la nota no están firmados, “el responsable será quien autorizó su publicación”.

Alertó que eso equivaldría a anular, en los hechos, la parte de la sentencia del Tribunal Constitucional que suprimió el “efecto cascada”, que en el pasado hacía al director del medio el autor principal del delito, “pero más que nada sobrecargaría a los periodistas o redactores por el simple hecho de haber transcrito fielmente lo que expresaran los autores de la opinión pública”.
Dijo creer que el espíritu de la sentencia citada del TC ha sido reivindicar el principio de que “la culpa exige que el ilícito pueda ser atribuido tanto objetiva como subjetivamente al imputado, en cuyo caso es imprescindible demostrar la intención dolosa”.
Franjul sostuvo además que, siendo así, “no es posible que quien se limita a escribir o reproducir una noticia (periodistas-redactar) expresada por otro, con indicación de la fuente y transcripción sustancial de lo que se afirmó, pueda ser responsable de la inexactitud o falsedad de lo publicado”.
Franjul entiende que el proyecto de Ley debería ser claro respecto a dar la oportunidad a los periodistas de acreditar la veracidad del hecho de las declaraciones del tercero, no la verdad del contenido de lo declarado, “sino, que la información procede de una fuente cierta y que no ha habido “real malicia” en la publicación; lo que equivale a acreditar un interés informativo legítimo por la relevancia de lo publicado”.

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