Función pública, delegados políticos y JCE

Función pública, delegados políticos y JCE

Los dominicanos deseamos que se cambie la forma de hacer política porque en lo más íntimo de nuestro interior entendemos que nos afecta tanto en lo privada como en lo público. Se admite que existen normas pero, la permisividad, la connivencia, la aquiescencia y la complacencia de autoridades y ciudadanos, son parte de nuestra cultura; sabemos cuál es el problema, conocemos que hay comportamientos impropios, pero nos quedamos callados y lo aceptamos como válidos siendo antijurídicos e ilegítimos.
Un ejemplo de este comportamiento es, cuando un servidor público asiste en el horario de trabajo, ante la Junta Central Electoral como delegado político de una organización política partidaria.
El servidor público es aquel que es contratado para ejercer un cargo permanente de la función pública, es designado por la autoridad competente porque cumple con un perfil del puesto y unas determinadas competencias.
Ningún servidor público puede ejercer una función que no sea para la que ha sido designado y tiene la administración pública la obligación de pagar un salario por el trabajo.
Llama la atención que la Junta Central Electoral acepte funcionarios públicos como delegados políticos en jornadas laborables de trabajo. Ese servidor público está contratado para desempeñar un servicio con dedicación, eficiencia, eficacia, honestidad e imparcialidad en las funciones en que se les ha encomendado de acuerdo con su jerarquía y cargo. Además, debe cumplir con la jornada de trabajo, dedicando la totalidad del tiempo al desempeño íntegro y con decoro de sus funciones.
Sin embargo, ese servidor público no puede servir intereses de un partido, ni pronunciar discursos y ofrecer entrevistas fijando posiciones partidarias, así como utilizar los bienes y fondos públicos en beneficio de la organización política de la cual es miembro. Cuando este servidor público se traslada a la Junta Central Electoral y desempeña su rol de delegado político, usa los recursos públicos (vehículo, combustible, chofer, escolta), incluyendo su tiempo laboral para los fines que no les son propios.
Cambiar la forma de hacer política es una necesidad cada vez más urgente y de la cual aspiramos como sociedad para lograr el tan vanagloriado Estado Social y Democrático de Derecho, frente a una débil democracia y un escaso desarrollo político dominicano.
Realizar actividades ajenas a su cargo es una falta, pero más grave es aun cuando ese servidor público ejerce actividades partidarias con la anuencia de las autoridades públicas. La Junta Central Electoral debe tomar cartas en el asunto porque se hace cómplice de violación de la Constitución y del Estatuto de Función Pública.

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