Fundecom dice autoridades habrían violado la ley 112-00

Fundecom dice autoridades habrían violado la ley 112-00

La Fundación por los Derechos del Consumidor (FUNDECOM) denunció que la Secretaría de Estado de Industria y Comercio violó flagrantemente el artículo 8 de la ley 112 00, de fecha 8 de diciembre de 2000, que establece una escala de impuestos al consumo de hidrocarburos, al fijar precios de venta récord a la gasolina premiun, la regular y el gas oil, sin siquiera ocuparse de publicar en espacio pagado la resolución que señala ese artículo.

De acuerdo al artículo primero del Código Civil esos aumentos de precios son ilegales y deben ser revocados, amén de que no se corresponden con los precios promedios del barril de petróleo venezolano y mexicano para la semana del 16 enero, que fueron de 29 dólares el primero y de 26 dólares con 93 centavos el segundo, que es una mezcla de los tipos Itsmo y Maya.

Toda ley, decreto, reglamento, resolución u ordenanza, del tipo que fueren, para que puedan entrar en vigencia y ser exigibles sus decisiones, debe previamente cumplir con el requisito de publicidad que señala la ley, o en su defecto, acogerse a lo previsto en el Código Civil, el cual señala que la vigencia será de un día después de publicada en el Distrito Nacional y dos días después en el resto del país.

Desde que se produjo el segundo aumento en el precio de los combustibles derivados del petróleo este año, Industria y Comercio incurrió en violación al Código Civil, puesto que publicó los aumentos producidos el mismo día en que entrarían en vigencia, pero las estaciones de gasolina de todo el país comenzaron a vender el producto a los precios nuevos sin esperar que se cumplieran los plazos señalados y ante la total indiferencia de las autoridades llamadas a hacer cumplir la ley.

El último aumento, que implicó variaciones de precios de más de 10 pesos por galón de gasolina regular, de la premium y del gasoil, todavía carece de fuerza ejecutoria, puesto que la Secretaría de Estado de Industria y Comercio obvió cumplir con el mandato del artículo 8 de la ley 112 00, que le obliga a hacer la publicación semanal con los precios que regirán la semana siguiente, lo que impidió al pueblo consumidor conocer los precios promedios del dólar y del petróleo en el mercado internacional.

FUNDECOM llamó a las autoridades de Industria y Comercio a ajustarse al mandato de la ley 112 00 de hidrocarburos y a evitar que los propietarios de estaciones de gasolina se lucren a costa de la población dominicana, puesto que el anuncio de una alegada escasez de combustibles provocó acciones especulativas de éstos y tan pronto se fijaron los nuevos precios, el producto apareció como por arte de magia.

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