Germán Brito rechaza tesis para desechar persecución contra FB

Germán Brito rechaza tesis para desechar persecución contra FB

La presidenta de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Miriam Germán Brito, consideró un absurdo la tesis del delito continuado enarbolada por el magistrado Alejandro Moscoso Segarra y ratificada por otros tres jueces del tribunal, para desechar la persecución iniciada por el Ministerio Público (MP) contra el senador Félix Bautista.

Afirmó que el hecho de que las imputaciones hechas por el MP al legislador peledeísta sean similares y sucesivas de otras sobre las cuales ya operó una decisión judicial (archivo), “ tal circunstancia no despoja a la conducta de su carácter reprochable ni limita al acusador (MP) en su capacidad de perseguirlas”.
Indicó que en este caso lo que procedía únicamente era desechar las imputaciones sobre las cuales ya intervino un dictamen definitivo, tal y como ocurrió en la especie, en la que no ha sido endilgado ningún hecho respecto a los cuales obró una decisión.

“Cada conducta o plano fáctico deberá ser examinado de forma particular en cuanto a las circunstancias que lo rodearon, incluso hasta el momento en que alegadamente ocurrieron; máxime cuando el persecutor (MP) ha podido individualizar las actuaciones de forma tal que sea posible examinarlas de manera particular”, dijo Germán Brito en su voto disidente.

Hay elementos nuevos. Refirió que el principio del “Non bis in idem” o doble persecución, comporta una prohibición de pronunciamientos sobre hechos ya juzgados, imponiéndose la identidad de estos en los eventos a examinar.

Resaltó que en la acusación del MP contra Bautista hay “algunos hechos novedosos sobre los que no ha existido decisión judicial, al verificar que en el plano fáctico imputado refiere acciones y conductas distintas de aquellas que fueron sometidas al escrutinio del persecutor público y sobre las cuales operó un dictamen con carácter definitivo”.

Desnaturalizan dictamen. En cuanto a los co-imputados José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez y Gricel Araceli Soler Pimentel, la magistrada Germán Brito afirmó que extender a su favor los efectos del dictamen de archivo antes citado, “constituye una desnaturalización del referido dictamen” ya que en su parte inicial dispositiva se identifica como único procesado al exdirector de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (Oisoe), a través de la cual habrían cometido estafa.

Auto de “No Ha Lugar”. Fue dictado por el juez a-quo Moscoso Segarra y ratificado por los magistrados Fran Soto, Mariana Daneira garcía e Hirohito Reyes, de la Segunda Sala Penal. Mediante el mismo se exoneró a Félix Bautista y demás acusados por el MP de estafa contra el Estado y lavado de activos, de ir a juicio de fondo.
La decisión de esos cuatro jueces contó con el voto disidente de las magistradas Germán Brito Esther Angelán Casasnovas.

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