Los Centros de Alto Rendimiento Deportivo (CARD) se definen generalmente como instalaciones de titularidad estatal cuya finalidad es la mejora del rendimiento proporcionando a los deportistas de alto nivel, óptimas condiciones de entrenamiento, atendiendo las necesidades programáticas y materiales de las federaciones que se desenvuelven en el ámbito del olimpismo.
La apertura del Primer Centro Regional de Alto Rendimiento en La Vega y la próxima instalación de otros dos centro similares en las provincias de La Romana y San Pedro de Macorís, constituye una buena noticia, lo cual unido a la reciente inauguración del moderno Albergue Olímpico, gestionado por el COD con el total respaldo financiero del actual Gobierno, apunta hacia un significativo avance para nuestro deporte de élite con miras hacia el próximo ciclo.
Las tres provincias escogidas les favoreció que cuentan con villas deportivas restauradas y en condiciones para alojar atletas. Como director del Centro de Alto Rendimiento de La Vega, fue nombrado el profesor Fernando Teruel, quien además es el Director de Capacitación de la agencia deportiva.
Los centros multideportivos en los países donde se han hecho importantes inversiones y cumplido con la programación, reúnen un conjunto de instalaciones con medios técnicos, biomédicos, pedagógicos, humanos y equipamientos, convirtiéndose en herramienta principal en la superación de las capacidades físicas y psíquicas de los colectivos nacionales y para la detección de futuras promesas.
También cuentan con residencia dotadas de habitaciones localizadas en áreas silenciosas, cerca de los espacios deportivos y de los centros académicos, así como de un órgano de gestión administrativa, equipo técnico y servicio médico deportivo.
En la mayoría de los países que cuentan con Centros de Alto Rendimiento los mismos son administrados por los organismos deportivos gubernamentales cuando los mismos funcionan en instalaciones construidas y financiadas con fondos públicos, pero también se dan casos de financiación y/o gestión compartida con los operadores federativos.
Entre los que he conocido me impresionaron los de España, Colombia y Cuba. En España el Centro de Alto Rendimiento de Madrid, que incluye la Residencia “Joaquín Blume”, funciona bajo la administración del Consejo Superior de Deportes, mientras que una comisión técnica del deporte federado recomienda a los atletas que deben ser ingresados para recibir los servicios.
Hay que reconocer la perseverancia a lo largo de dos décadas de la dirigencia olímpica vernácula para lograr la concreción del Albergue Olímpico en una edificación enclavada en Ensanche La Fe del Distrito Nacional, que en realidad es un moderno Centro-Residencia para atletas que ofrecerá servicios biomédicos, seminarios, entre otros; tuvo un costo de 133 millones de pesos. Pero las principales instalaciones para la práctica y entrenamiento de los atletas todavía están ubicadas en el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte y en el Parque del Este de la Provincia Santo Domingo, bajo el Ministerio de Deportes.
La cúpula del COD supo “agenciarse” en la cuestionada Ley General de Deportes 356-05, promulgada en el año 2005, lo contenido en su Artículo 58 que expresa: “El Comité Olímpico tendrá bajo su responsabilidad la administración de las infraestructuras de Alto Rendimiento denominada Centro de Alto Rendimiento del Ensanche La Fe, el que solamente podrá ser para albergar los atletas de alto rendimiento en los periodos de preparación, así como acoger delegaciones extranjeras.”
Los directivos del COD dijeron en la inauguración del Albergue, que contó con la presencia del presidente Danilo Medina, que el mismo comenzará a funcionar oficialmente dentro de tres meses y que “servirá para la captación de divisas”.
Constituye un gran reto gerencial y financiero para el COD, que según fuentes fidedignas, propone solicitar una asignación adicional de varios millones de pesos al gobierno, por lo sería aconsejable no excluir al Ministerio de Deportes por asunto de celos, a sabiendas de que los recursos asignados en el presupuesto general del Estado a esa cartera continúan siendo la principal fuente de financiación del sector y que no podría renunciar a su legítima potestad de tutelaje y fiscalización.