Buenos Aires.- El proyecto para legalizar el aborto elaborado por el Gobierno argentino, que ya fue enviado al Congreso, permite el acceso a la interrupción del embarazo hasta la semana 14 de gestación, y más allá de ese plazo si la mujer o ser gestante sufrió una violación o corre peligro su vida.
Según el texto, facilitado este miércoles a Efe por fuentes oficiales, toda persona gestante tendrá derecho a acceder al aborto en los servicios del sistema de salud o con su asistencia en un plazo máximo de 10 días corridos desde su requerimiento, y tendrá el derecho de recibir del personal, entre otros aspectos, información adecuada, trato digno, calidad, privacidad y confidencialidad.
“Las mujeres y otras personas con identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana CATORCE (14) inclusive, del proceso gestacional”, establece el proyecto, que fue anunciado ayer por el presidente argentino, Alberto Fernández.
“El debate no es decir sí o no al aborto. Los abortos ocurren en forma clandestina y ponen en riesgo la vida y la salud de las mujeres que a ellos se someten. Por lo tanto, el dilema que debemos superar es si los abortos se practican en la clandestinidad o en el sistema de salud de Argentina”, destacó el mandatario.
Una vez pasen las 14 semanas, se podrá interrumpir el embarazo si este fue resultado de una violación -siempre con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante- o si está su vida en peligro. Ambos son los únicos supuestos en los que en la actualidad se puede acceder al aborto en Argentina.
UN VIEJO RECLAMO QUE VUELVE A DEBATIRSE
El aborto legal, seguro y gratuito es un reclamo de larga data por parte de los colectivos feministas -con la conocida marea verde-, en contraposición con los grupos “provida” o celestes, que claman por “las dos vidas”, y si bien un proyecto llegó a ser aprobado en 2018 por la Cámara de Diputados, no logró los votos suficientes en el Senado.
La nueva iniciativa de ley, que responde a una promesa de campaña de Fernández, jefe de Estado desde finales de 2019, se estima que volverá a tener el apoyo necesario en Diputados, aunque de nuevo se atisban problemas en la Cámara Alta, ya que aunque el oficialismo tiene mayoría absoluta, el aborto genera diferencias en el seno de los principales grupos políticos.
LAS MENORES DE EDAD
El proyecto de “Regulación del Acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto”, que se espera comience a tratarse próximamente en sesiones extraordinarias, da detalles de cómo se permitiría el acceso a las menores de edad.
Las jóvenes menores de 13 años podrán acceder a la interrupción del embarazo mediante su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal, mientas que las que tengan entre 13 y 16 “se presume que cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento».
“A menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida. En dichos casos será necesario, además de su consentimiento, el asentimiento de al menos uno/a de sus representantes legales”, agrega el texto.
Asimismo, las mayores de 16 años se considera que tienen “plena capacidad por sí para prestar su consentimiento, a fin de ejercer los derechos que otorga la presente ley».
En cuanto a las personas “con capacidad restringida por sentencia judicial y la restricción no tuviere relación con el ejercicio de los derechos que otorga la presente ley”, estas podrán prestar su consentimiento informado sin ningún impedimento ni necesidad de autorización previa.
OBJECIÓN DE CONCIENCIA
Los profesionales de salud que deban intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tienen derecho, según el proyecto, a ejercer la objeción de conciencia, para lo cual deberán derivar “de buena fe a la paciente” para que sea atendida por otro profesional en forma “temporánea y oportuna, sin dilaciones».
También adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso al aborto y cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas.
“El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable”, destaca el texto, en el que se remarca que no se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto.
LAS PENAS
Respecto a la cuestión penal, la ley, de ser aprobada, establece que será reprimida con prisión de 3 meses a 1 año la persona gestante que, tras la semana 14 de embarazo, y siempre que no medien las excepciones previstas, cause su propio aborto o consienta que se lo hagan, aunque podrá eximirse la pena cuando las circunstancias hagan “excusable” la conducta.
La tentativa de aborto por parte de la propia mujer no será punible.
Así, quien cause un aborto será reprimido con prisión de 3 a 10 años si lo hizo sin consentimiento de la persona gestante, una pena que podrá elevarse hasta 15 años si esto conlleva que además muera la embarazada.
La pena será de 3 meses a 1 año de cárcel si lo hizo con consentimiento de la mujer luego de la semana 14 de gestación. Junto al proyecto para legalizar el aborto, el mandatario también anunció otro para crear el “Programa de los 1.000 días”, que busca bajar la mortalidad, la malnutrición y la desnutrición y prevenir la violencia protegiendo los vínculos tempranos, el desarrollo emocional y físico y la salud de las personas gestantes y de sus hijos hasta los 3 años.