Gobierno levantará toque de queda en provincias con población 70% vacunada

Gobierno levantará toque de queda en provincias con población 70% vacunada

Luis Abinader exhorta a una señora a no temer a la vacuna contra el COVID-19.

Mediante el decreto 419-21 que reduce el horario del toque de queda, el poder Ejecutivo expresó que evalúa el levantamiento de esta medida en aquellas provincias que tenga al menos el 70% de su población vacunada con dos dosis de la vacuna contra el covid-19.

«El Distrito Nacional y provincias serán considerados para el levantamiento del toque de queda dispuesto en el presente decreto en por lo menos el 70% de su población haya recibido la segunda dosis de la vacuna contra COVID-19, si perjuicio del mantenimiento o establecimiento de otras medidas que las autoridades competentes entiendan necesarias», establece el artículo 13 del referido decreto.

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Mientras, en lo que el gobierno realiza la evaluación en cuestión, a partir del próximo miércoles 7 de julio el toque de queda se regirá al nivel nacional con el siguiente horario:

  • De lunes a viernes desde las 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. Los sábados y domingos desde las 7:00 p.m. hasta las 5:00 a.m.
  • Habrá libre tránsito en el territorio nacional de lunes a viernes hasta la medianoche (12:00 a.m.) y los sábados y domingos hasta las 9:00 p.m., es decir, 2 horas adicionales todos los días.

Por su parte, se mantienen las mismas excepciones de personas y vehículos autorizados a circular durante el horario del toque de queda.

Regulación de lugares públicos y privados

Se mantienen prohibidas en el territorio nacional las actividades y eventos masivos que impliquen la aglomeración de personas, sin importar el lugar de que se trate. Las personas podrán utilizar los espacios abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, para actividades que no impliquen aglomeración y en cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.

Los establecimientos públicos y privados de uso público, sin importar el tipo de actividad que auspicien, podrán recibir personas solamente hasta el 50% de la capacidad total de sus instalaciones y en cumplimiento de los protocolos sanitarios dictados por las autoridades correspondientes.

En adición a lo anterior, los lugares de consumo de alimentos y bebidas no podrán recibir más de 6 personas por mesa y las actividades de las diferentes iglesias y otras denominaciones religiosas solo podrán celebrarse 3 veces por semana.

Igualmente, se confirma el uso obligatorio de mascarillas en lugares públicos y privados de uso público, así como las demás medidas y protocolos sanitarios adoptados por las autoridades correspondientes.

Venta y consumo de bebidas alcohólicas

Queda prohibido en el territorio nacional el consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos y privados de uso público todos los días desde las 6:00 p.m. hasta las 5:00 a.m.

Desde las 6:00 p.m. y hasta la hora de inicio del toque de queda, los establecimientos comerciales solamente podrán vender bebidas alcohólicas si es para llevar o a domicilio y en su envase original sellado.

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