Gobierno y DGCP enfrentados en tribunal por caso de la Junta

Gobierno y DGCP enfrentados en tribunal por caso de la Junta

El Gobierno y el Ministerio Público (MP) defendieron ayer la facultad de la Junta Central Electoral (JCE) para reglamentar sus compras y contrataciones, y pidieron al Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazar la suspensión temporal de la norma por la que se rige ese organismos desde el 2007, como solicitó el movimiento cívico Ciudadanos Contra la Corrupción (C3) hasta tanto se decida la acción principal en demanda de nulidad del mismo.

Mientras, La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) participó en la audiencia como interviniente forzoso, se adhirió al pedimento y a las conclusiones del grupo C3, afirmando que de permitirse la ejecución del reglamento impugnado, la JCE continuará realizando procesos de compra, contratación, licitación y adjudicación de bienes y servicios al margen de la ley.

La DGCP estuvo representada por las abogadas Mercedes Eusebio y Jazmín Cerón.

Piden esperar decisión TC. David Betances, quien representó al MP, y a la Presidencia de la República, en condición de interviniente forzoso también, coincidió con los abogados de la JCE, Demetrio Francisco y Alexis Dicló, de que la solicitud de medida cautelar hecha por C3 no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Ley 13-07 del 5 de febrero de 2007, y que de acogerse, “la JCE estaría en menoscabo de su ejercicio”,

Señalaron que las medidas cautelares tienen razón de ser cuando alguien se ha tomado la prerrogativa de emitir reglamentos o resoluciones contrarias a la Constitución de la República, lo cual no ocurre en el presente caso, “porque la Constitución del 2010 le otorga facultad Reglamentaria a la JCE igual que la del presidente de la República, el Tribunal Constitucional, el Banco Central”, dijo Betances.

Francisco y Dicló, de su lado, dijeron que la JCE emitió dicho reglamento amparado en la facultad que le otorgan la Constitución y las leyes 340-06, 247-12, entre otras, e indicaron que ante la controversia jurídica suscitada, es el Tribunal Constitucional (TC) el que tiene la prerrogativa de dilucidarla, conforme a lo establecido en la Carta Magna, y en ese sentido, sugirieron a los recurrentes esperar la decisión de la alta corte.

Se reserva fallo. La jueza del TSA Delfina Amparo distribuyó 14 días entre las partes para depósito y toma de conocimiento de documentos, antes de dar su fallo.

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