Guevara señala jurisprudencias destacadas en cinco años TC

Guevara señala jurisprudencias destacadas en cinco años TC

En cinco años que tiene en funcionamiento el Tribunal Constitucional (TC) ha emitido unas 2,300 sentencias, dentro de las cuales se destaca la que obliga al Estado a pagar el justo precio por terrenos expropiados, entre otras, a pesar de que la más altisonante fue la 168-13, sobre el tema de la nacionalidad.
A pesar de que las sentencias se explican en sí mismas, como afirman los jueces, el presidente del TC, Milton Ray Guevara dijo que la sentencia 0193/14 sobre expropiación confirmó una decisión en amparo de cumplimiento, que ordenaba el pago del justo precio por unos terrenos que habían sido expropiados 38 años atrás y ordenó que el pago de la suma adeudada sea sometido al Congreso Nacional, para su consignación en el Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado.
“El Ministerio de Hacienda no quería consignar en el presupuesto el pago de propiedad, porque una cosa que el Estado ha hecho a través de los tiempos es coger las propiedades ajenas y no pagarlas y ustedes encuentran que en el aeropuerto de Las Américas hay gente que no le han pagado un centavo, igual el aeropuerto María Montez, el Jardín Botánico, el Zoológico, el Centro Olímpico…”, expresó.
Destacó que la actual administración de Gobierno es la única que cuando un funcionario va y dice que va a expropiar, el Presidente de la República le pregunta que si tiene el dinero en su presupuesto y si no lo tiene, el mandatario no ordena expropiar.
Asimismo destacó la sentencia 0036/12, que consideró que la labor del Instituto Agrario en la asignación de los terrenos de la reforma agraria debe estar guiada por el principio de acceso a la propiedad inmobiliaria, y por tanto, sus autoridades no deben entorpecer el proceso de titulación definitiva.
Libre Acceso. Otra jurisprudencia sentada por el TC está contenido en la sentencia 0042-12, donde estableció que aunque el derecho a la intimidad es un valor fundamental del sistema democrático no puede restringir el derecho de libre acceso a la información pública, por el riesgo de que la ciudadanía quede sin las herramientas para controlar el uso y manejo de los recursos públicos.
También, el TC reconoció el derecho a recibir la pensión correspondiente,t a la compañera de vida de un miembro de las Fuerzas Armadas que haya fallecido.

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