Guillermo Moreno apeló esta tarde ratificación de archivo de su querella contra Leonel Fernández

Guillermo Moreno apeló esta tarde ratificación de archivo de su querella contra Leonel Fernández

El presidente de movimiento Alianza País (Alpaís), Guillermo Moreno, presentó un recurso de apelación contra la ratificación del archivo de la querella que interpuso contra el ex presidente Leonel Fernández y su Fundación Global, Democracia y Desarrollo (Funglode) por lavado de activos y prevaricación de fondos públicos.

Moreno interpuso el recurso de apelación a una semana de que el juez del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Román Berroa Hiciano, ratificara el archivo de la querella.

El ex candidato presidencial presentó la querella contra Fernández en enero pasado, pero la Fiscalía del Distrito Nacional la archivó sin iniciar la investigación, por lo que un mes después Moreno presentó un documento con el que pidió al Ministerio Público (MP) solicitar a la Tesorería Nacional y a la Procuraduría General de la República la declaración jurada del ex presidente  presentada en el ejercicio de su función.

A continuación el documento íntegro presentado por Moreno

Documento para la prensa:

Proposición de Diligencias de Investigación formulada por Guillermo Moreno al Ministerio Público a propósito de la querella contra Leonel Fernández y Funglode.

En fecha 24 de enero de 2013, se interpuso formal querella ante el Ministerio Público en contra del Señor Leonel Fernández Reyna y de la Fundación Global Democracia y Desarrollo por la comisión, por parte de éstos,de un conjunto de ilícitos penales.

En ocasión de esto, el pasado viernes 1º de febrero presentamos ante la Fiscalía del Distrito Nacional la solicitud de un conjunto de diligencias tendentes a profundizar las investigaciones sobre los hechos que dieron lugar a la indicada querella y que por este documento hacemos de conocimiento público.

I. Fundamento jurídico de la proposición de diligencias

La formulación de las solicitudes de investigación que formuláramos a la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Nacional tiene su fundamento en los artículos 285 y 286 del Código Procesal Penal.

El artículo 285 de dicho Código dispone que “El ministerio público puede exigir informaciones de cualquier particular o funcionario público, fijando un plazo conforme a las circunstancias del caso, y practicar por sí, o hacer practicar por funcionarios policiales, cualquier clase de diligencias. Debe solicitar la intervención judicial cuando lo establece este código.”

Por su parte el artículo 286 establece que “Las partes tienen la facultad de proponer diligencias de investigación en cualquier momento del procedimiento preparatorio”.

II. Objeto de la proposición de diligencias

Con esta proposición de diligencias queremos contribuir a robustecer los elementos de prueba de los ilícitos penales que dieron lugar a nuestra querella, de modo que el Ministerio Público esté condiciones de formular acusación sobre bases firmes y jurídicamente incontrovertibles.

III. Diligencias de investigación solicitadas a la Fiscalía del Distrito Nacional

1.  Diligencia entorno a las Declaraciones juradas de Leonel Fernández y certificación de ingresos.

La obtención de estas declaraciones juradas resulta importante para comprobar que lo manifestado en ellas bajo la fe del juramento no se corresponde con la realidad, obteniendo de tal manera  el Ministerio Público parte de los elementos de prueba para formalizar su acusación incluyendo el cargo de perjurio.

De igual manera el querellante propone, para profundizar en la investigación de la verdad, que el Ministerio Público realice como diligencia el requerimiento a la Tesorería Nacional y a la Procuraduría General de la República, de los avales y  soportes justificativos correspondientes a las Declaraciones Juradas presentadas por Leonel Fernández en el ejercicio de sus funciones públicas, de conformidad con lo dispuesto por la ley.

2.  Diligencia en torno a las Funciones públicas y privadas asumidas por los señores Manuel Rodríguez Casado, Marilis Pérez y Luisa del Pilar Marte Hernández.

La querella  establece que los señores Manuel Rodríguez Casado, Marilis Pérez y Luisa del Pilar Marte Hernández pusieron a disposición de Leonel Fernández sus nombres respectivas cuentas y certificados, como consecuencia de su vinculación con él a través del ingeniero Diandino Peña.

Independientemente de que en la querella se aportó prueba a modo de ejemplo, que evidenciaba la condición de funcionario público de Manuel Rodríguez Casado y su vínculo con el ingeniero Diandino Peña, al igual que se estableció el vínculo y subordinación existente entre Marilis Pérez y Diandino Peña, como parte de la empleomanía de la institución pública dirigida por éste (OPRET), resultaría útil para la formalización de los cargos que el Ministerio Público documente el universo de las relaciones existentes entre estas personas que fungieron frente a Funglode y Leonel Fernández como “interpósitas personas” o “prestanombres”.

Esta diligencia resulta particularmente útil porque el uso de interpósitas personas tiende a facilitar la comisión del delito de los funcionarios que se hayan mezclado en asuntos incompatibles con su calidad, lavado de activos e incremento patrimonial derivado de actividades ilícitas

3.  Diligencia en torno a la cuenta Registrada a nombre de Maritza López

Esta diligencia es importante porque, como se afirma en la querella, la señora Maritza López de Ortiz sirvió como interpósita persona o prestanombre para impedir la determinación del destino final de recursos que salieron de las cuentas registradas a nombre de Marilis Pérez y Luisa del Pilar Marte Hernández en el Baninter.De manera concreta se solicita al Ministerio Público que indague sobre lo siguiente:

a. Indicación del titular, de los títulos de la cuenta, fecha de apertura y las personas autorizadas a firmar de la cuenta No. 0458792-001-3, abierta en el Banco BHD y su estado actual.

b. Estado de los movimientos de la cuenta con copia de cada cheque emitido y su dorso.

c. Copia de los depósitos y cheques recibidos en esa cuenta.

d. Indicación de cheques de administración que hayan sido comprados con fondos de la cuenta indicada.

e. Documentación que soporte las transferencias bancarias realizadas y recibidas en beneficio o con cargo a la citada cuenta.

Con estas medidas se profundizará y se verá en mayor extensión y volumen las operaciones trianguladas con recursos de origen ilícito que fueron utilizadas para asumir obligaciones y adquirir bienes en beneficio de Leonel Fernández y su instrumento (Funglode).

4.  Diligencia sobre los productos financieros registrados a nombre de Funglode en el Banco Central.

Las entidades a las que se solicita pedir información sobre este aspecto son: La Comisión Liquidadora de Baninter y el Banco Central de la República Dominicana

Respecto de la Comisión Liquidadora de Baninter se solicita lo siguiente:

a) Que certifique y dé constancia de la cantidad de recursos que, desde el Baninter, fueron convertidos en certificados financieros del Banco Central a nombre de la persona moral denominada Fundación Global Democracia y Desarrollo, Inc.

b) Copia de los documentos que avalan esos montos, con las cuentas que resultaron afectadas y los instrumentos bancarios y financieros cancelados junto a la titularidad de éstos.

Respecto del Banco Central se solicita lo siguiente:

a) Que indique la totalidad de los certificados de inversión o cualquier otro producto o instrumento que a partir del año 2003 fueron abiertos y cuyo titular sea la Fundación Global Democracia y Desarrollo, Inc. con sus correspondientes soportes.

b) Relación de los intereses generados y las cuentas en donde se depositaban o se dirigían esos intereses y el estado actual de esos certificado con indicación de cómo se han manejado en el tiempo dichas inversiones en ese Banco Central.

c) Copia certificada de los certificados de inversión que hayan sido registrados en cualquier época a favor de Fundación Global Democracia y Desarrollo, Inc. (Funglode).

d) Copia de todos los cheques de administración o transferencias realizadas a favor de Fundación Global Democracia y Desarrollo, Inc. (Funglode), en Pesos o Dólares, o con cargo a recursos de Funglode en  favor de terceros.

5.  Diligencia entorno a las Declaraciones Juradas Informativas de Funglode ante DGII.

La querella interpuesta estableció que Leonel Fernández creó y constituyó a Funglode como un instrumento para lavar activos, entre otros hechos. Ante la comisión de un hecho grave es útil profundizar acerca del cumplimiento o no de las obligaciones legales de transparencia que tenía Funglode como asociación sin fines de lucro para la recepción y manejo de recursos, tal como establecen los artículos 48 y 51 de la Ley 122-05 sobre la materia y de los artículos 160 y 161 de su Reglamento de Aplicación. El detalle de las Declaraciones Juradas del Instrumento Funglode que se solicita incluye los siguientes aspectos:

1) Ingresos brutos desde el año 2005 en adelante;

2) Los gastos incurridos desde el año 2005 en adelante;

3) Los desembolsos efectuados desde el año 2005 en adelante;

4) Un estado demostrativo de los activos, pasivos y activos netos al inicio y al cierre de cada ejercicio anual desde el año 2005;

5) El monto total de las contribuciones recibidas desde el año 2005, con nombres y direcciones de las personas donantes, además de los datos relativos a los depósitos bancarios en caso de que las donaciones sean en dinero en efectivo y de los inventarios en caso de que se trate de donaciones en especie;

6) Informes relativos a los movimientos de las cuentas bancarias de cualquier tipo;

7) Los nombres y direcciones de quienes integran la dirección, la gerencia y los principales puestos directivos;

8) Las compensaciones y cualesquiera otros pagos hechos a la empleomanía, a la dirección y a la gerencia de mayor jerarquía;

9) Cualquier otra información necesaria a los fines de darle cumplimiento a la ley y a las leyes tributarias y demás leyes vinculadas a las organizaciones sin fines de lucro;

10) Un informe sobre las donaciones internacionales recibidas por la asociación, el cual debe contener los datos de la entidad donante, el monto de la donación y los programas o proyectos que financian dichos fondos.

6.  Diligencia en torno a cuentas que se prestaron para recepción ilegal de fondos por parte de Leonel Fernández y su instrumento Funglode.

Esta diligencia se solicita a  fin de profundizar en torno a las operaciones descritas en la querella, y la vinculación entre un conjunto empresas controladas por Félix Bautista, con la inyección de capitales al Presidente Leonel Fernández, vía su instrumento Funglode, a través de un conjunto de cuentas enumeradas y detalladas tanto en la querella como en la proposición de diligencias formulada a la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Nacional. Además, se propone la medida para establecer las características y el modus operandi con los que se realizaron dichas operaciones.

En concreto, propone al Ministerio Público que solicite a la Superintendencia de Bancos las siguientes informaciones:

a)      Indicación del titular, de los títulos de la cuenta, fecha de apertura y las personas autorizadas a firmar, estado actual de la cuenta.

b)      Estado de los movimientos de la cuenta con copia de cada cheque emitido y su dorso.

c)      Copia de los depósitos y cheques recibidos en esas cuentas.

d)     Indicación de cheques de administración que hayan sido comprados con fondos de las cuentas registradas.

e)      Documentación que soporte las transferencias bancarias realizadas y recibidas.

f)       Productos tales como certificados de inversión, préstamos y líneas de crédito con cargo a esas cuentas.

Santo Domingo, a los 5 días del mes de febrero de 2013.

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