IDAC declara lesivo y suspende construcción de aeropuerto

IDAC declara lesivo y suspende construcción de aeropuerto

El Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) declaró lesiva al interés público y suspendió el proceso de construcción del proyecto Aeropuerto Internacional de Bávaro, del Grupo Abrisa.

Destaca que su aprobación de construcción fue emitida incurriendo en violación de los principios, normas y procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico vigente, lo cual justifica su nulidad.

En una resolución de fecha 29 de octubre de 2020, firmada por Román E. Caamaño, director general del Instituto de Aviación Civil (IDAC), insta a declarar de oficio el inicio de un proceso de lesividad para el interés público el acto administrativo contenido en la comunicación número 2293, del 11 de agosto de 2020, que formalizaba el inicio del proceso de construcción y fiscalización de este aeropuerto.

La resolución instruye a la Dirección Legal del IDAC para que proceda a dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley 107-13, en relación al procedimiento administrativo correspondiente.

En su artículo cuatro, explica que los promotores del Aeropuerto Internacional de Bávaro podrán reintroducir su solicitud ante el IDAC), el cual podrá determinar sobre la realización de los estudios correspondientes y la solicitud de las opiniones pertinentes y, si procediese y se cumpliese con todos los requerimientos normativos y técnicos, disponer el otorgamiento de una nueva autorización para la construcción, operación y explotación económica del proyecto aeropuerto, de conformidad con la ley.

El IDAC explica que emite esta resolución porque para permitir el inicio de construcción se debía cumplir primero con ciertos requisitos y proceder a la elaboración de determinados estudios e informes, tanto a cargo de la entidad promotora como del propio IDAC y otros entes estatales; pero no se hicieron.

Entre estas destacan las certificaciones emitidas por los ministerios de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPyC), además de las autoridades municipales competentes.

También estudios de viento y temperatura por un período de cinco años; el estudio relacionado al peligro de aves, uso de suelo, impacto ambiental, la notificación o aviso a los propietarios, poseedores y tenedores a cualquier título, de los predios vecinos a la construcción, entre otros estudios y documentos.

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