IDECOOP interviene la cooperativa de servicios múltiples y producción

IDECOOP interviene la cooperativa de servicios múltiples y producción

Hablando en nombre del Estado Dominicano, por interdicto del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), rigurosamente apegados a las normas jurídicas de la Ley Especial 127-64 y su reglamento de aplicación que regulariza el ejercicio su cooperativismo nacional, y en ejercicio de la competencia concebida por la Ley 31-63 que crea al IDECOOP, por dictamen del Consejo de Directores de este ente oficial informamos a la Opinión Publica Nacional lo siguiente:

1)    Declaramos literalmente intervenida a la Cooperativa COOFALCONDO, en acogimiento a la resolución No. 6 de fecha 9 de septiembre del 2008, del Consejo de Directores del IDECOOP, ratificada en dos subsiguientes oportunidades la última de las cuales fue el pasado 02 de junio del 2010.

2)    Declaramos a la actual directiva de COOFALCONDO en estado de facto, fuera del estatuto jurídico de la ley 127-64 y en consecuencia, todas sus ejecutorias, incluyendo la ultima asamblea realizada en fecha 15 de agosto del 2009, sin la autorización del IDECOOP, absolutamente ilegales e ilegitimas.

3)    Concedemos un plazo de tres días laborales para que las partes arriben a un Acuerdo de conciliación con el Consejo de Directores del IDECOOP, a fin de iniciar un proceso de restructuración total de COOFALCONDO que ponga fin al conflicto, termine la crisis de gobernabilidad y legitimen y legalicen a las autoridades de la institución; de lo contrario iniciaremos el proceso de liquidación que reglamenta la ley, comenzando con la solicitud de desincorporación por parte del Poder Ejecutivo.

4)    Ejecutaremos los embargos correspondientes a las cuentas bancarias de COOFALCONDO en todo el país.

5)    Otorgamos un plazo de 72 horas a la actual directiva de COOFALCONDO para que haga entrega de todo el patrimonio de esa institución que quedara bajo la salvaguarda y administración del IDECOOP, de lo contrario serán sometidos a la justicia ordinaria.

6)    Notificaremos a todos los acreedores o deudores de COOFALCONDO, para que se abstengan de realizar pagos o cobros a la actual ilegitima directiva de la cooperativa.

7)    Garantizamos a los socios e inversionistas de capitales, los recursos invertidos en COOFALCONDO.

Razones de la intervención.-

Pedro Corporán, Ministro y Presidente del IDECOOP informó que entre las  múltiples razones que avalan jurídicamente y hacen imprescindible e impostergable la intervención del IDECOOP, a la Cooperativa de Servicios Múltiples y Producción COOFALCONDO, acorde con los preceptos de la Ley 127-64, se destaca la realidad de que esta institución cooperativa esta en peligro de destrucción por los efectos del secular conflicto jurídica entre dos grupos.

Responsabilidad institucional.-

Informamos a la opinión publica nacional y a las personas físicas y morales, a l as instituciones publicas y privadas interesadas, a los acreedores, deudores o compromisarios jurídicos  de cualquier naturaleza, que a partir de la fecha de esta proclamación de intervención, deberán dirigirse a las oficinas centrales del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para cualquier asunto relacionado con la cooperativa COOFALCONDO.

Asimismo anunciamos que todos los acuerdos inter institucionales, públicos o privados, firmados con apego a la ley especial u ordinaria, serán respetados y resueltos en el marco de los preceptos de la Ley Especial 127-64 y 31-63, referenciadas en párrafo anteriores y los cánones jurídicos generales de la nación.

Objetivos de la intervención.-

Acatando los dictámenes de la Ley 31-63, 127-64 y su Reglamento de Aplicación y del Consejo de Directores, el IDECOOP tiene la responsabilidad legal de garantizar jurídicamente los siguientes objetivos:

a)     Salvaguardar y proteger el patrimonio de la Cooperativa COOFALCONDO, para detener la continuación de su deterioro y extinción por autodegradación y las secuelas judiciales del conflicto.

b)    Proteger los intereses universales del estado, la sociedad, el sector cooperativo nacional y especialmente a los socios y acreedores de la cooperativa.

c)    Evaluar la posible desincorporación de COOFALCONDO y proceder al proceso de liquidación que dictamina la legislación cooperativa si fuere necesario.

d)    Cumplir estrictamente con los mandatos de la ley en la materia.

Responsabilidad histórica de IDECOOP

En honor a la verdad histórica, el IDECOOP reconoce la cuota de responsabilidad que le corresponde frente al caso  que nos ocupa, en tanto ente oficial designado por la Ley 31-63 y 127-64, que crea esta institución y regulariza el sector cooperativo nacional, cuya misión es la de fomentar, proteger, educar y fiscalizar a todas las cooperativas de la República Dominicana. No obstante, justo es decir que la página de reivindicación institucional que firmamos hoy, tiene como protagonista a nuevo IDECOOP que renació en la actual administración.

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