Importadores combustibles deben liquidar jueves

Importadores combustibles deben liquidar jueves

La Dirección General de Impuestos Internos anunció que en lo adelante los grandes importadores de combustibles deberán pagar los jueves de cada semana como fecha límite, los  impuestos  sobre el consumo interno de los combustibles fósiles y derivados del petróleo.

Las  empresas acogidas a la Ley 112-00, entre ellas Refinería, Esso y Central Romana,  deberán observar las disposiciones del Código Tributario y de las Normas Generales 03 y 06 de 2009.

Los pagos deberán hacerse efectivos en la  Gerencia de Grandes Contribuyentes de la  DGII. La liquidación corresponderá a las operaciones comprendidas entre sábado y viernes.

La norma general 01-2010 aplicará para todos los contribuyentes alcanzados por la Ley 112-00, cuyas disposiciones se encuentran establecidas en las normas generales No. 01-06 y 03-09, sobre procedimiento de liquidación y pago del impuesto Advalorem de Combustibles Fósiles y Derivados del Petróleo, y de remisión de información sobre despachos de combustibles de importadores y distribuidores y procedimientos de combustibles exentos.

Estas disposiciones pueden observarse en la sección de Legislación Tributaria del Portal de la DGII en:htp://www.dgii.gov.do/legislacion/NormasGenerales/Paginas/DocumentosNormas.aspx

La DGII informa a los contribuyentes obligados con este impuesto que de no realizar el pago en la fecha prevista en la presente norma general, incurrirán en la infracción de mora establecida en el Artículo 251 Código Tributario y será sancionado de acuerdo  al Artículo 252 del referido Código. Se recuerda que la Ley No. l12-00,  creó un impuesto específico sobre el consumo de combustibles  despachados por Refinería  y otra empresa o importado al país por cualquier vía.

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