Impuesto sobre la renta:El ITBIS a los alimentos

Impuesto sobre la renta:El ITBIS a los alimentos

Críspulo Pérez

Sabemos que en nuestro sistema impositivo su principal sustento es el consumo, sobre lo cual hemos demostrado desde tiempo inmemorial nuestra oposición y recordamos que cuando fue instalado el ISR, la meta fue como sucedía en otros países, llegar a que la mayoría de las recaudaciones fueran por este, mediante el cumplimiento voluntario, es decir, por presentación de declaración jurada reduciendo el costo.
Después, al inicio de los amagos de imponer el IVA y frente a las grandes oposiciones, fuimos de los más vehemente opositores a este impuesto, el tiempo nos ha dado la razón, pues este y otro impuestos indirectos han causado mucho mal al sistema impositivo y a la sociedad, dando origen a la gran confusión de que sufrimos hoy por un sistema impositivo muy complicado e injusto en el cual se ignora la capacidad contributiva en violación a la Carta Magna.
En nuestro libro “Teoría y práctica del Impuesto sobre la Renta”, publicado en el 1983, consta nuestra posición de entonces mantenida hoy sobre este Iva establecido con el nombre de ITBIS (Impuesto sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios), el cual combinado con otros tributos implementados después han dado lugar al sistema vigente hoy.
El llamado Código Tributario actual resulta una mescolanza de tributos disímiles, muchos de los cuales se alejan de los principios técnicos impositivos, por ejemplo, el ISR de hoy no es ni impuesto real ni personal, ni tampoco una combinación de ambos como era el de la Ley 5911.
En este sistema se comete la intolerancia y falta de equidad de gravar por igual a los hogares sin hijos que a los que tienen y, además, no se acepta como deducibles los gastos educativos, alimenticios ni de salud, con lo cual se escapan de gravar las grandes ganancias de médicos que no aceptan pagos de honorarios con cheques ni mucho menos con tarjetas de crédito o débito, con lo que dejan sin gravamen a unos se condena a muchos a la muerte. No tiene sentido que se acepten como es ahora los gastos educativos solo por el 10% de la renta imponible, porque solo funciona ligeramente a los que obtienen grandes ganancias sin tocar a la combativa clase media.

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