Impuesto Sobre la Renta: Cuentas cobrar accionistas

Impuesto Sobre la Renta: Cuentas cobrar accionistas

Críspulo Pérez

Es frecuente que en los Estados Financieros de los personas jurídicas aparezcan una cuenta por cobrar a los accionistas, la que suele ser una cuenta mixta, es decir, utilizada para llevar los retiros y los préstamos concedidos por los accionistas, por tal razón vimos que podría ser de interés su inclusión en esta entrega.

No es ocioso dar a conocer lo que tradicionalmente contenía la Ley de Impuesto sobre la Renta (ISR) antes del Código Tributario, relativo a dicho tan relevante tema, y en tal sentido dicha ley exponía que solo serían deducibles los intereses pagados a los accionistas provenientes de préstamos hasta el monto del capital suscrito y pagado de las sociedades de Capital.

Con la puesta en vigor el Código Tributario y de su Reglamento de aplicación hay un marco regulatorio que dice lo siguiente: ¨a los fines del impuesto sobre la renta, dividendos es cualquier distribución realizada por una persona moral a sus accionistas o socios en razón de sus participación accionaria en la misma¨. El Reglamento expresa que: Se consideran dividendos cualesquier distribución de utilidades o reservas realizada por una persona moral o entidad con sin personalidad jurídica a un accionista, socio o participe de la misma:

e) Las cuentas por cobrar o fórmulas similares que persona moral o entidad mantenga con accionistas, socios o participe de la misma, que no surja de una operación comercial y en la que no se hayan producido pagos del principal o interés por un plazo mayor de 90 días calendario, esto significaría la retención del 10% a préstamos que no son dividendos.

El ISR es el impuesto que grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por Personas Físicas, Sociedades y Sucesiones Indivisas, en un período fiscal.

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