Impuesto sobre la renta
Solución de conflicto

<STRONG>Impuesto sobre la renta</STRONG><BR>Solución de conflicto

Mediante la Ley 495-06 se modifica el literal K del  artículo número  50 del Código Tributariopara exigir la emisión de comprobantes fiscales, pero ya antes este literal exigía la expedición de facturas controladas por la Administración Tributaria.

Lo que queremos  decir es que la deducción de los gastos de la renta bruta estaba condicionada a la comprobación de la veracidad del costo y el gasto y además incluía en las condiciones que hubiera vinculación entre la obtención de la renta bruta gravada y los costos y gastos deducibles y estos además deberían estar sustentados por comprobantes fehacientes, entendiéndose como tales aquellos que pusieran en condiciones a la administración tributaria en localizar a los beneficiarios y determinar el impuesto de sus rentas si procediera.

Hasta la Ley 253-12 estaba claro que existió un conflicto entre las disposiciones del artículo 287 y las del artículo número 50 literal K del Código Tributario, de lo cual siempre nos hicimos eco en varias oportunidades sin que la Administración Tributaria tomara ninguna medida pertinente, y decimos la Administración porque los encargados de las modificaciones de leyes se entiende que no están aptos en cuestiones tan técnicas. 

Es por esto que hemos dicho que hubo un conflicto entre los señalados artículos hasta que fue dictada la Ley 253-12 que aclara muy diáfanamente las deducciones admitidas poniendo condiciones para esto y no solamente refiriéndose a obtener, mantener y conservar la renta gravada sino también delegando en los reglamentos la ampliación y aclaración de estos.

 

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