Impuestos Internos
Autorizan declaraciones electrónicas

<STRONG>Impuestos Internos<BR></STRONG>Autorizan declaraciones electrónicas

La Dirección General de Impuestos Internos informó que  a partir de la primera semana de febrero, las Declaraciones Juradas Anuales del Agente de Retención de Asalariados (IR-13) para el año fiscal 2007 y las opciones de rectificación, serán reportadas de manera electrónica a través de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS). Todo esto, una vez hayan sido procesadas las declaraciones y pagos del período Diciembre 2007.

A la par con los avances tecnológicos que se suscitan en la administración tributaria, la DGII implementó por primera vez esta modalidad el año pasado, gracias a la cual el contribuyente puede realizar el cumplimiento tributario, desde su casa y oficina, sin necesidad de desplazarse a las agencias de Impuestos Internos.

Todos los procedimientos técnicos de esta medida se explican en el aviso que hoy publica en espacio pagado la Dirección General de Impuestos Internos en los principales diarios de circulación nacional.

¿Cómo presentar la Declaración? Esta vez el empleador sólo deberá revisar los datos contenidos en la declaración electrónica, a través de la página en Internet de la TSS (www.tss.gov.do), y confirmar las informaciones antes del 15 de marzo, fecha límite de presentación del IR-13. A partir de esta fecha, el IR-13 electrónico generado a los contribuyentes será considerado como su declaración anual normal del año anterior y la misma tendrá estatus de presentada.

En caso de errores en la nómina presentada por el empleador, éste deberá actualizar dicha nómina a través de la TSS. Por otro lado, si el empleador no presentó la nómina correspondiente a uno o varios períodos, deberá realizar dicha presentación en la TSS, a fin de que se genere el IR-13 con los cambios o actualizaciones efectuadas.

Mientras, para aquellos empleadores que hayan presentado sus rectificativas del IR-3 en las oficinas de la DGII, deberán presentar la nómina correspondiente a esa rectificativa a través de la TSS.

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