Imputados en caso Medusa llegan al tribunal para conocimiento medidas de coerción

Imputados en caso Medusa llegan al tribunal para conocimiento medidas de coerción

De acuerdo a Ministerio Públioc, el exprocurador general de la Rpeública, Jean Alain Rodríguez junto a Rafael Canó, Jonathan Rodríguez, Miguel José de Moya, Rafael Antonio Mercede Marte, Altagracia Guillén Calzado y Javier Alejandro Forteza, entre otras personas, son imputados de delitos de asociación de malhechores, estafa contra el Estado, soborno, coalición de funcionarios, falsedad de documentos públicos, robo de identidad, delitos electrónicos y lavado de activos.

Los señalados en el supuesto entramado de corrupción, denominado Operación Medusa, llegaron al Tercer Tribunal Colegiado, en el Palacio de Justicia de Cuidad Nueva la mañana de este lunes, donde se le sigue el conocimiento de medidas de coerción.

De acuerdo al Ministerio Público, el exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez junto a  Rafael Canó, Jonathan Rodríguez, Miguel José de Moya, Rafael Antonio Mercede Marte, Altagracia Guillén Calzado y Javier Alejandro Forteza, entre otras personas, son imputados de delitos de asociación de malhechores, estafa contra el Estado, soborno, coalición de funcionarios, falsedad de documentos públicos, robo de identidad, delitos  electrónicos y lavado de activos.

El órgano persecutor informó sobre el arresto, por corrupción y otros delitos, de Miguel José de Moya, quien se desempeñó como asesor de la Procuraduría General de la República durante la gestión de Jean Alain Rodríguez.

Petición de Jean Alain

El exprocurador Jean Alain Rodríguez, depositó una carta ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Poder Judicial del Distrito Nacional, para que su proceso se individualice del resto de los que comparecen al conocimiento de la medida de coerción que se lleva en su contra y de un grupo de colaboradores, con la finalidad de que su audiencia sea realizada de forma publica y de cara a la población.

La solicitud está basada en el respeto de los demás interrogados, ya que existe una oposición a la publicidad por una de las partes, razón por la que la audiencia no ha sido pública, y basta con que una de las partes solicite privacidad en el desarrollo de la audiencia para que el Poder Judicial, respetando el derecho de las partes, haya impedido la transmisión en vivo.

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