Incremento de la peligrosidad

Incremento de la peligrosidad

Las autoridades concentran atención en objetivos de mediano y largo plazo contra la alta incidencia de accidentes de tránsito y sus saldos de daños humanos y materiales. Innovan y desempolvan normativas para un efecto gradual, vista la debilidad de los mecanismos de cumplimiento y la difícil cultura de irrespeto. Más allá del tiempo y los procesos, surge una urgencia por las tragedias viales de saldo múltiple que muestran incremento en vías interurbanas con la más impresionante muestra en la carretera Sánchez tramo Baní-Azua. En nombre de muchas familias desgarradas por pérdidas de vidas en sucesos viales recientes, deben extenderse esfuerzos excepcionales e inmediatos de prevención tomando en cuenta los puntos más riesgosos de la comunicación por tierra entre ciudades.

Combatir en cruzada las infracciones, sobre todo en horas nocturnas, que involucren vehículos pesados sin luces ni señales reflectivas como manda la ley. El estacionamiento sobre carriles que deben estar libres a la circulación en vías estrechas es causa directa de fatalidades en diversos puntos; y el rebase temerario en curvas que llevan a cruentas colisiones resalta como circunstancia que tiene lugar una y otra vez en rutas del territorio nacional. Una persistencia a ser vista desde los organismos de control y desde la atención de muchos choferes y conductores, como una amenaza generalizada a los viajeros.

Con asegurados entre dos fuegos

Las contradicciones entre médicos y dueños de clínicas privadas por un lado, y las administradoras de riesgos de salud de otra parte, no deberían tener como primera injustificada consecuencia la negación de atenciones a los afiliados de la Seguridad Social sin que se hubiese visto antes que entre estos dos importantes contendientes fue agotado un proceso de diálogo.
Sea que les muevan diferencias de fondo sobre el sistema o demandas en torno a costos y montos de pagos por atenciones y consultas a partir de compromisos contractuales, el sistema no debe ser llevado a interrupciones parciales o indefinidas en perjuicio de los asegurados cuya salud y vida pueden depender de la cobertura que pagan ineludiblemente y no debe cesar por la confrontación de intereses que ocupe a quienes están obligados a servirles.

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