Indigna reconocieran Ley de Áreas Protegidas

Indigna reconocieran Ley de Áreas Protegidas

POR MANASÉS SEPÚLVEDA
La Coalición para la Defensa de las Áreas Protegidas expresó ayer “su sorpresa, desconcierto e indignación” por la decisión de la Suprema Corte de Justicia de declarar la constitucionalidad de la ley Sectorial de Áreas Protegidas 202-04.

La coalición formada por más de cuarenta instituciones ligadas a la protección del medio ambiente  dijo que de aplicarse la ley como fue aprobada por el Congreso Nacional quedarían prohibidas todas las actividades económicas y recreativas el litoral norte de Higüey, los municipios costeros de Nagua y Samaná  por quedar contenidos  en la categoría de manejo de protección estricta, debido a los errores técnicos que tiene.

Asimismo debe ordenarse la demolición de todas las instalaciones turísticas existentes entre Bávaro, Cabeza de Toro, y Cabo Engaño  por encontrarse dentro  de un Refugio de Fauna Silvestre según como establece la nueva Ley Sectorial.

Entre las organizaciones que conforman la Coalición están el equipo ambiental de la Academia de Ciencias, el Consorcio Ambiental Dominicano (CAD), la Comisión Mundial de Areas Protegidas de la UICN, el Grupo Tinglar, Fundación Progressio, y la Fundación Amigos del Parque Nacional del Este (ECOPARQUES), entre otros.

Consideró también que la sentencia fue fundamentada en consideraciones falsas y recupera como válidos los argumentos de quienes han promovido la desprotección  afirmando que la Ley Sectorial prevé áreas superiores a las de otros países como si la pertinencia de una categoría o la dimensión de un espacio protegido obedeciere a simples proporciones matemáticas  y no a las fragilidades intrínsecas y funciones específicas de los recursos y ambientes considerados.

«Al mencionar a China, Perú, Chile y México y otros países continentales  en relación al porcentaje de territorio protegido, se ignora que nuestra condición de isla no permite establecer paralelismos sin pecar de ignorancia sobre el funcionamiento de la naturaleza, que lo que se considera aumento de áreas implica zonas pobladas, bosques manejados y zonas de altísimo uso social que crearán conflictos sin precedentes y que se incluyeron en el sistema por impericias técnicas, errores de digitación o intenciones alejadas de los objetivos de conservación», expresa.

Asimismo, afirmó que es curioso que se citaran territorios isleños como Taiwán y Canarias cuyos espacios protegidos superan el 50% del territorio y constituyen potencias turísticas, o territorios continentales como Costa Rica  o Israel donde  más del 40% de sus espacios están bajo algún régimen de protección.

«Resulta penoso que en momentos  en que la lucha contra toda forma de corrupción demanda una ética pública convincente y clara, el tribunal supremo validara apropiaciones dolosas y expresara en una de sus consideraciones como legal la disminución de áreas con fines comerciales  siempre que las mismas fuesen hechas por el Congreso Nacional», considera.

Puntualiza que la Ley Sectorial viola la Convención de Washington sobre Protección de la Flora, Fauna y Bellezas Escénicas Naturales de los Países de América, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de la UNESCO, entre otros convenios.

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