Indotel emite resolución para derechos usuarios y prestador

Indotel emite resolución para derechos usuarios y prestador

El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) emitió por unanimidad la resolución número 024-17, mediante la cual ordenó el inicio del proceso de consulta pública para dictar el reglamento que establece los derechos y obligaciones de los usuarios y las prestadoras de servicios públicos de telecomunicaciones.
La medida tiene por objeto establecer un listado general de derechos y obligaciones básicas de usuarios y prestadoras, a fin de que estas constituyan un régimen de protección de los consumidores de los servicios públicos de telecomunicaciones, en adición a los previstos en la ley y la normativa aplicables, destaca un documento del Indotel.

Indica que los derechos de los usuarios que desarrolla esta normativa incluyen aquellos sobre la libertad de elección; el acceso a información; la facturación; la continuidad y calidad del servicio; sobre las reclamaciones; la suspensión temporal del servicio; a la privacidad y protección de sus datos personales; a la no discriminación y sobre el tratamiento de los saldos no consumidos”, señala la resolución.

Subraya que la propuesta regulatoria establece el derecho a que se le transfiera por hasta tres meses cualquier balance que haya quedado pendiente de consumir por parte del usuario.

Establece que la medida, en específico, implanta para los clientes con planes de factura que “… el usuario tiene el derecho a que el saldo no consumido en ese periodo de facturación, se transfiera al período siguiente por hasta tres períodos de facturación, para que puedan ser consumidos inmediatamente, previo a las unidades de consumo incluidas en el nuevo período”.

Destaca, asimismo, que para los clientes de servicios bajo la modalidad prepago se plantea: “Los usuarios de servicios prepagados tienen derecho a hacer uso de los saldos no consumidos durante su período de vigencia.

La resolución explica que el saldo no consumido debe ser reconocido y traspasado, siempre y cuando el usuario realice una recarga en los siguientes 90 días posteriores al vencimiento de la vigencia.

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