Institucionalidad flexible

Institucionalidad flexible

Carmen Imbert Brugal

Después de la imprudencia del presidente de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana -CCRD- azuzada por representantes de grupos fácticos, el problema en la operatividad del órgano es inocultable.

El “preso de confianza” provocó que el jefe de estado olvidara por un instante aquello de la autonomía del órgano y en tiempo de “independencia” manifestara su preocupación con la situación y adelantara que “el Senado tiene algunas ideas sobre eso». No pidió la renuncia de sus miembros, como exigió a los integrantes de la antigua Cámara, solicitud que entonces rechazó el ícono ético de Palacio, conocedora del ordenamiento jurídico.

La composición de la CCRD fue producto de un experimento que fracasó. El desconcierto ahora sustituye los piropos dispensados a los miembros de la Cámara del Cambio. Para resolver el conflicto están la Constitución y las leyes, pero es tiempo de institucionalidad “pret a porter”, con respaldo popular y como si se tratara de una asamblea de accionistas se barajan propuestas para salir del atolladero. Los más atrevidos proponen la ayuda de “coaches” para que la armonía se imponga entre los miembros. Más que atrevimiento es burla, sainete que demuestra el irrespeto a la institucionalidad sin rubor alguno. Otros proponen derogar la ley y promulgar otra rápido, aunque sea incierto el mientras tanto. No sería extraño en el nuevo orden, basta recordar aquel desliz fundacional, preludio de otros similares, que obligó la urgente transformación de la ley 5994 que crea el INAPA. El director fue designado mediante decreto 335-20, promesa, decisión, compromiso, cualquiera que fuera el motivo, el nombramiento contravenía la ley vigente que indicaba que el director “deberá ser Ingeniero Civil con grado de especialización en Ingeniería Sanitaria”. El beneficiario es licenciado en Derecho, detalle que impedía la designación. Empero, nada podía afectar la voluntad presidencial y de inmediato se produjo la propuesta para transformar el artículo 7 de la ley 5994. Modificado el texto la especialización exigida quedó atrás para que “un profesional de reconocida capacidad” desempeñe la función.

Luce que el primer poder del estado, está a la espera de una solución externa para superar el impasse. Si la CCRD hubiera funcionado como estaba previsto, la ley 10-04 no fuera atacada. El revés pretenden atribuirlo a la ley, no a la selección ni a la complicidad. El secreto a voces de los desaciertos tiene nombre, aunque la impunidad, esa que las auditorías pretendían conjurar, beneficie a los responsables de tanta indiscreción e inmadurez, de tanto agradecimiento convertido en abyección. Acomodar parece ser la consigna, ignorando la ley. Los protagonistas deberían evitar los atentados contra el estado de derecho.

Cuidar las formas es importante. La tiranía enseñó el acotejo, cualquier deseo del sátrapa estaba legitimado con un discurso impecable. Rodeado de excelencia los juristas redactaban leyes a la medida de sus apetencias. Por más estrambóticas que fueran las decisiones, tenían contexto legal. En democracia, la institucionalidad no puede estar sometida a ensayos ilegales ni a motivaciones individuales. Es o no es. Apostar a su flexibilidad arriesga demasiado y se acerca a un caótico absolutismo.

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