Intentan importar clinker exonerado

Intentan importar clinker exonerado

La Asociación Dominicana de Productores de Cemento Portland, Inc., denunció ante las autoridades que la compañía Cemento Andino Dominicano, S.A. se propone introducir al país mañana un cargamento de 26 mil toneladas de clinker, procedente de Egipto, que pretende le sea exonerado del pago de impuestos por las autoridades nacionales.

La Asociación hizo la denuncia en carta que dirigió a los secretarios de Finanzas y de Industria y Comercio, y a los directores geneales de Aduanas, de Impuestos Internos y de Autoridad Portuaria.

La Asociación recuerda a los señalados funcionarios que en fecha 10 de enero del año 2002, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto No. 36 02, en cuyo artículo primero, se consigna que «se instruye a la Comisión Especial de Parques Mineros, integrada por el Director General de Minería, el Director de la Unidad Corporativa Minera y el Director de la Corporación de Fomento Industrial, otorgar todas las facilidades necesarias a la Compañía Cemento Andino, interesados en operar en Areas Internacionales de Libre Comercio, Industrial y de Servicios (Parques Mineros Industriales) o en establecer sus industrias para la fabricación de cemento y otros similares, en la provincia de Pedernales».

La Asociación agrega que, en cuanto a cemento se refiere, el artículo primero del Decreto, copiado precedentemente, «es muy claro y en su parte final establece que la compañía beneficiaria debe establecer sus industrias para la fabricación de cementos y otros similares en la provincia de Pedernales».

«Por demás, Cemento Andino se acoge a los incentivos de la Ley 2801, de fecha 1ro. de febrero del año 2001, sobre ‘Desarrollo económico y social del territorio de la República a largo de la línea fronteriza’ y mediante solicitud de inscripción de su proyecto ante el Consejo Nacional de Desarrollo Fronterizo, estableció en dicha solicitud un compromiso con el Estado Dominicano de instalar una planta de fabricación de Clínker y Cemento con capacidad de cerca de 1 millón de toneladas y por un monto de US$225 millones de dólares de inversión, para proveer 450 empleos permanentes en la deprimida zona», explica.

Sin embargo, la Asociación afirma que los planes de dicha empresa están dirigidos a la construcción de un proyecto de molienda de Clínker Importado con capacidad para producir 300,000 toneladas por un monto aproximado de US$30 millones de dólares de inversión, para proveer aproximadamente 45 empleos, violando de esta manera el compromiso asumido anteriormente expresado».

«Todo lo anterior implica que para el inicio de sus operaciones, dicha empresa se vea en la necesidad de importar clinker para su producción, y consideramos erróneo que las aduanas del país consideren dicho producto como una materia prima, cuando el mismo representa el 90% del componente del producto final cemento y aproximadamente el 80% del costo de producción (en el caso de una molienda)», expresa.

Considera que aún en la especie de que ‘Cemento Andino’ instalara el horno de producción de Clínker a que se comprometió con el Estado Dominicano cuando se formalizó su solicitud de inscripción ante el Consejo Nacional de Desarrollo Fronterizo, a esta empresa no se le puede, legalmente, exonerar impuestos porque el artículo 110 de la Constitución Dominicana establece que «no se reconocerá ninguna exención de impuestos ni se otorgará ninguna exoneración, reducción o limitación de impuestos, contribuciones o derechos fiscales o municipales, en beneficio de particulares, sino por virtud de la Ley».

Igualmente, afirma que el artículo 55, ordinal 10 de nuestra Carta Magna consigna, entre otras cosas, que ninguna autoridad, ni siquiera el Presidente de la República puede hacer exenciones de impuestos en general, sin la aprobación del Congreso Nacional.

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