INTRANT da siete días para retirar luces led de vehículos

INTRANT da siete días para retirar luces led de vehículos

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), dio este lunes un plazo de siete días a los conductores para retirar las luces de alta luminosidad, intensidad y de Diodo de Emisión de Luz (LED) de sus vehículos, ya que, luego de vencido el plazo procederá, junto a otras autoridades a realizar operativos para incautar las luces en vehículos de motor que circulen en las vías públicas.

Rafael Arias, director del INTRANT, dijo que la medida, que se aplicará junto a la Dirección General de Seguridad del Transporte Terrestre (Digesett), busca reducir la cifra de siniestros viales y evitar que ese tipo de luces sigan causando daños en los ojos de los conductores.

Dijo que el 2 de agosto del 2018, el INTRANT emitió la Resolución Núm. 009-2018, que prohíbe el uso, instalación, modificación, aditamento o adaptación de accesorios de emisión de luces de alta luminosidad, intensidad y de Diodo de Emisión de Luz (LED) en vehículos de motor.

INTRANT da siete días para retirar luces led de vehículos

El director del Intrant señaló que se ha comprobado que el uso indebido de los accesorios de emisión de luz de alta luminosidad o intensidad, instalados como aditamentos o adaptaciones no de fábrica a los vehículos de motor, causan accidentes o siniestros de tránsito por deslumbramiento y desorientación a conductores.

Exhortó a la ciudadanía consultar de manera íntegra la resolución en el portal institucional: www.intrant.gob.do.

Según oftalmólogos y optometrista, el uso frecuente de luces deslumbrantes como led, neón y otras, afecta la salud visual y la persona se expone a contraer enfermedades de la visión, ya que generan cansancio en la vista, daños en la retina y otros males en el ojo interno.

El INTRANT, en la resolución expone que se autorizará el uso de esas luces a propietarios de vehículos de motor para competencias y eventos deportivos, mediante un permiso que se debe solicitar en el enlace del portal www.intrant.gob.do:

Aclaró que “el permiso indicado, no será válido para transitar en las vías públicas, carreteras, autopistas, avenidas, calles en zona rural o urbana, donde deberán estar cubiertos por un protector que evite la emisión de las referidas luces en dichos lugares”.

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