Involución de Junta Central Electoral

Involución de Junta Central Electoral

NELSON BUTTÉN VARONA
Con posterioridad al golpe de Estado del 25 de septiembre de 1963, que cercenó en la cuna el nacimiento del sistema democrático dominicano, en el país se han realizado once elecciones nacionales para elegir al presidente y vicepresidente de la República. Nos referimos a las de 1966, 1970, 1974, 1978, 1982, 1986, 1990, 1994, 1996, 2000 y 2004.

Una análisis retrospectivo sobre la composición de la Junta Central Electoral durante esos 41 años, debe concluir en que en el curso de los últimos 14 años ha involucionado el método de designación de los integrantes del organismo rector de los comicios, pues está imperando la práctica de que el Senado, delegando su facultad constitucional, homologa la escogencia de dirigentes, altos o medios, de partidos políticos como miembros titulares y suplentes. Este procedimiento ha originado que la institución tenga un inocultable sesgo de dependencia compartida de los partidos políticos, obteniendo una mayor cuota de representación aquel que coyunturalmente tenga mayoría aplastante en el organismo legislativo.

Cierto es que hasta las elecciones del 16 de mayo de 1978 la Junta Central Electoral estuvo integrada por las personas que escogía unilateralmente el doctor Joaquín Balaguer, pero también es cierto que las mismas no eran dirigentes ni militantes de su partido. Claro está, con sentido de precaución política optó por personas políticamente conservadoras, que no cuestionaran públicamente actividades de su entorno partidario que incidieran desde fuera en el proceso organizacional y resultados de las elecciones.

Para las elecciones de 1982, 1986 y 1990, el Partido Revolucionario Dominicano y el Partido Reformista Social Cristiano promovieron la integración de la Junta Central Electoral con personas recomendadas por ellos, pero las escogidas no pertenecían a sus respectivas membresías. Sin embargo, para las de 1994 los líderes de ambos partidos la conformaron, mayormente, con miembros de sus más altos organismos de dirección. Esta decisión fue la causante de la más grave crisis política que haya presenciado el pueblo dominicano después de 1965, al extremo de que para solucionarla fue necesario que el doctor Joaquín Balaguer, después de proclamado ganador, aceptara reducir a dos años el nuevo período constitucional, con la celebración de nuevas elecciones, reformas a la Constitución y a la Ley Electoral.

La designación de las personas que tendrían a su cargo la responsabilidad de organizar las pactadas elecciones de 1996 constituyó una pausa del método que estamos criticando, pues a consecuencia de la mediación de autoridades eclesiásticas, sectores empresariales y entidades públicas extranjeras, fue consensuada una Junta Central Electoral sin la presencia de dirigentes políticos. Pero la independencia de ésta seguía siendo relativa, ya que la designación de sus principales funcionarios tiene que ser previamente consensuada con los partidos políticos.

Para el proceso eleccionario del año 2000, con menor o mayor cobertura, los tres partidos mayoritarios, con el apoyo expreso o tácito de los minoritarios reconocidos, restablecieron la funesta práctica política de distribuirse la membresía de la Junta Central Electoral, con la presencia en ella de cuadros dirigenciales. El método se hizo sentir en el proceso electoral del año 2004, cuando personalidades nacionales y embajadores extranjeros sofocaron un conato de otra crisis institucional. Y la posición del doctor Mariano Rodríguez, presidente de la Cámara Contenciosa, y la de otros miembros, frente al caso del Partido Nacional de Veteranos y Civiles, induce a pensar que para las elecciones del 2008 es imprevisible la decisión que adoptará el superior organismo ante una eventual crisis político-electoral.

Finalmente, como el método de marras es una obra consensuada de los partidos políticos, todos sus dirigentes están descalificados moralmente para censurar públicamente a la Junta Central Electoral cuando ésta no obtempera a sus reclamos de adoptar medidas correctivas ante las violaciones a la Ley Electoral cometidas por sus adversarios. Y como las decisiones del tribunal electoral son definitivas e irrevocables, a los partidos con representación minoritaria en ese organismo solo les queda competir con los dedos cruzados.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas