Isla para rato

Isla para rato

PEDRO GIL ITURBIDES
El Dr. Leonel Fernández, Presidente de la República, devolvió al Congreso Nacional el famoso contrato de la isla artificial. Conocido el mensaje por la Cámara de Diputados, rechazó conocer de dicha devolución. El argumento de los miembros de esta Cámara, es muy simple. La Constitución de la República establece que el cuerpo legislativo sanciona con su aprobación o rechazo los contratos que le remite el Poder Ejecutivo. No está previsto en esta ley fundamental, conocer de devoluciones de convenios ya sancionados. ¿Conclusión? ¡Tendremos isla para rato!

Porque es causa de sospecha el recurso al que apeló el Dr.

Fernández. Ante la negativa de los diputados a conocer el innecesario mensaje presidencial cualquiera conjeturaría que él aprueba la construcción de esta isla. Con el reenvío al Congreso Nacional satisface a los núcleos de opinión pública que han externado su oposición a este adefesio. Pero en el fondo, puede pensarse, tiene validez cuanto se afirma, que un funcionario no identificado convenció al Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo de que enviase el documento que permitió la aprobación congresional, sobre la base de que el mandatario lo aprobaba.

Si esta situación se mantiene, y no se asumen los procedimientos que el derecho común pone en manos de cualquier contratante, habrá isla por buen rato. Lo censurable, sin embargo, es el espectáculo montado por la oficina de prensa del Palacio Nacional, luego que se sancionara el contrato. Uno de los funcionarios de esta oficina aseguró que los congresistas, aprovechándose del próximo término de la gestión, votaron por el contrato contra la opinión del Poder Ejecutivo.

En un recurso adicional de pésimo gusto, se aseguró que el Presidente Fernández no habría de autorizar la puesta en vigor de la resolución congresional. “Si esos legisladores quieren que se ejecute ese contrato, se dijo a voz en cuello, ¡tendrán que buscar otro Presidente que firme el decreto, porque el Presidente Fernández no lo firmará! ¡Válgame Dios! ¿Por qué apelar a este recurso propagandístico incalificable, para esconder un acto que provenía del propio Poder Ejecutivo? ¿Por qué culpar a unos congresistas que en mayoría se retiraban el 16 de agosto por un contrato que originalmente, y en su posterior enmienda, fue remitido desde el Poder Ejecutivo?

Frente al impolítico manejo público que se ha dado a este contrato, el Dr. Leonel Fernández está obligado a pronunciar la rescisión de este contrato.

No es ya cuestión de si un funcionario de su entorno engañó a otro para que se aprobase el convenio en el Congreso Nacional. No se trata de ello. Se trata de un caso cuajado de sórdidas vertientes, conocidas en algunos aspectos por la opinión pública. Si después de los reiterados traspiés, se inicia su ejecución, se abonará, aún más de lo que está, el camino de la inmoralidad.

El Presidente de la República es graduado de doctor en Derecho. Ejerció la carrera, además, como abogado de la oficina del Dr. Abel Rodríguez del Orbe.

De manera que puede reputarse conocedor de los procedimientos a seguir en la resolución de un contrato sinalagmático. En cualquier convenio del tipo, en el cual dos partes de ponen de acuerdo respecto de un objetivo, cualquiera de ellas puede solicitar su rescisión, cuando no se hubiere iniciado su ejecución. Y aún en este último caso, siempre que se cumplan formalidades habitualmente prescritas o por el contrato o por el Código Civil.

En el caso no se han creado bienes jurídicos. Por consiguiente, es menos complicada su denuncia por dolo. Ya antes hemos explicado el procedimiento, contemplado en el Código Civil. Supongamos, sin embargo, que el Presidente Fernández no quiere afectar las relaciones de amistad que guarda con el funcionario al que se ha señalado responsable del entuerto. Podría, ante esta eventualidad, alegar simple desinterés.

¿O existe interés, y por ello se recurrió a un procedimiento inadecuado para que, esgrimiendo el argumento de que el Poder Ejecutivo lo devolvió, pueda ponerse en ejecución?

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