JCE debe cumplir la ley

JCE debe cumplir la ley

POR GERMAN MARTE
La  vicepresidenta de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), Mary Fernández Rodríguez, definió como «penoso» que a 13 años de haber sido aprobada todavía no se aplique la ley 8-92 sobre las Oficialías de Registro Civil, que establece la gratuidad de las actas de nacimiento y salarios fijos para los encargados de esas dependencias de la Junta Central Electoral (JCE).

Fernández Rodríguez subrayó que los jueces de la JCE tienen la obligación de aplicar la ley, pues «a ellos se les impone esa ley, así como a nosotros los ciudadanos se nos imponen otras leyes, como la ley de la criminación de la evasión fiscal o las leyes de tránsito, a esos jueces se les impone esa ley y ellos tienen que aplicarla».

Dijo que el país no puede permitir que el órgano que administra las elecciones sea precisamente el que viole una de las leyes que tiene que administrar.

Fernández Rodríguez participó como invitada en al Almuerzo Semanal de los Medios de Comunicación del Grupo Corripio junto al presidente de la Finjus, George Santoni; Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo; Práxedes J. Castillo, miembro del Consejo de Directores y Matty Vásquez, gerente de Comunicaciones.

El suspendido encargado de la Oficialía Civil de la Doceava Circunscripción de Santo Domingo, Luís Felipe Rodríguez, denunció que las oficialías de Registro Civil se han convertido en fuentes de enriquecimiento ilícito, porque los fondos que éstas generan son manejados a discreción por los encargados, quienes cobran por la expedición de actas de nacimiento, a pesar de que la ley establece que deben ser

 gratuitas. Rodríguez reclamó que a la JCE le asigne un salario fijo a los oficiales de registro civil, como también establece la ley. La respuesta del Pleno de la JCE fue suspender a Rodríguez.

Al respecto, la vicepresidenta de Finjus destacó que la ley 8-92 tiene ya 13 años y «jueces van y jueces vienen y todos siguen violando la misma ley, o sea que nosotros como Finjus tenemos que declarar como penoso que todavía tengamos en ese tema en este país».

Rodríguez Fernández explicó  que pudiera elevarse un recurso de amparo para obligar a la JCE a cumplir con la Ley 8-92; y pudiera también, agregó, utilizar una nueva figura contemplada en el nuevo Código Procesal Penal el cual contempla que instituciones de la sociedad civil pueden acompañar procesos iniciados por un ciudadano. Consideró que la Finjus debería ser mucho más proactiva en este caso.

De su lado el presidente de Finjus, George Santoni, dijo que la puesta en vigencia de la Ley 8-92 ayudaría a la organización de las oficialías de estado civil y a erradicar muchos de los problemas de esas dependencias.

El que los oficiales civiles puedan tener una compensación que no sea exclusivamente salarial, sino por comisión se presta a que haya un mal manejo, adujo Santoni.

En ese sentido, agregó, Finjus sólo busca que se le dé una plena aplicación a la ley.

Asimismo, dijo que el Ministerio Público tiene su propia competencia, también dictaminada por la ley, al margen de las investigaciones que internamente pueda hacer la JCE.

Entretanto, el vicepresidente ejecutivo de Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán, explicó que cuando se habla de autonomía de la Junta Central Electoral se refiere a los aspectos administrativos, «pero los asuntos de orden público son competencia del Ministerio Público».

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