La Junta Central Electoral (JCE) dispuso que todo ciudadano interesado en cambiar de domicilio deberá aportar documentos que justifiquen su requerimiento, tales como contrato de alquiler de vivienda, facturas de luz, agua, teléfono, cable colegio u otros servicios.
Además, recibo de envío de remesas o mercancías que especifiquen la nueva dirección del ciudadano, así como otros documentos que comprueben la residencia en la nueva dirección que afirma tener.
En caso de no tener facturas de servicios, ni contrato de alquiler, entonces, deberá presentar copia de cédula de la persona con quien vive.
Se hace constar que el encargado o supervisor que no haga cumplir esta medida, tendrá que ofrecer explicación detallada a su superior inmediato. La disposición fue emitida en virtud de la ley de Régimen Electoral no. 15-2019 y de la resolución 15-2019, según la circular 04-019 del pasado jueves 27, bajo la firma de la Dirección Nacional de Cedulación que encabeza Américo Rodríguez.