La Junta Central Electoral (JCE) prohibió hoy el uso de celulares, cámaras fotográficas, de vídeo o cualquier aparato electrónico, así como la entrada con armas de fuego, carteras, bolsa y bultos, a los Colegios Electorales y casetas de votación, el día de las elecciones.
Estas prohibiciones aplican para los miembros, delegados de los partidos políticos y suplentes acreditados, de los Colegios Electorales.
La disposición fue adoptada por el Pleno de la JCE mediante la Resolución número 62/2010, la cual prohíbe además la entrada de los electores a las instalaciones de la sede central del organismo, las Juntas Municipales, recintos y a colegios electorales, con armas de fuego.
Estas medidas se adoptan con el interés de garantizar el secreto del voto, como está establecido en la Constitución y las leyes.
En cuanto al porte de armas de fuego, exceptúa a las personas que estén autorizados para llevarlas, las cuales deberán presentar una autorización, y los miembros de la Policía Militar Electoral, quienes también estarán debidamente identificados con un brazalete.
Señala la Resolución, que en ningún caso los miembros de la Policía Electoral podrán hacer «manipulaciones de sus armas de reglamento», salvo el caso de extrema necesidad.