La Comisión de Oficialías de la Junta Central Electoral (JCE) aprobó una resolución que prohíbe la declaración de personas con nombres extravagantes, despectivos, vulgares, extranjeros, o que no permitan una clara identificación del sexo.
La medida fue adoptada debido a la gran cantidad de personas que figuran inscritas en el Registro Civil con nombres que se refieren a partes del cuerpo, marcas de fábrica, comerciales, de personajes de ciencia ficción, y palabras popularmente utilizadas de manera ofensiva, entre otros.