Jueces de  SCJ no podrán tener más de 75 años

Jueces de  SCJ no podrán tener más de 75 años

En una accidentada sesión que fue suspendida de manera abrupta, los miembros de la Asamblea Revisora aprobaron incluir en la próxima Constitución de la República que los magistrados que integren la Suprema Corte de Justicia no pueden tener más de 75 años. De esta manera se pone límite a la carrera judicial de los jueces del más alto tribunal del país. Actualmente, varios sobrepasan esa edad.

Un acuerdo de los asambleístas de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Revolucionario Dominicano (PRD) determinó ayer que la Asamblea Revisora suprimiera la jurisdicción inmobiliaria de la Constitución, lo que fue calificado por los reformistas como un retroceso y un crimen contra el sector.

La sesión, que estuvo matizada por una serie de anormalidades, como el uso de dos y tres dispositivos de votación por parte de un mismo asambleísta, como denunciaron los reformistas, terminó con la ruptura del quórum a las  7:12 de la noche.

La conclusión abrupta de los trabajos se produjo cuando la Asamblea se disponía a conocer el controvertido tema de la integración del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), contenido en el artículo 151  de la propuesta.

Peledeístas y reformistas se disponían, según los acuerdos, a aprobar a través del artículo 151, que el segundo miembro del CNM perteneciente al Senado y la Cámara de Diputados correspondiera al segundo partido más votado, con lo que sacarían del mismo a los dos miembros que tiene en el ese organismo el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), para otorgárselos al PRD.

La supresión de la jurisdicción inmobiliaria se verificó con el rechazo a los artículos 176 y 177, sobre esta materia.

Inconstitucional. Sobre el CNM, el vocero reformista, Ramón Rogelio Genao, advirtió que de verificarse el acuerdo PLD-PRD en tal sentido, el PRSC hará una demanda en inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

Tras recordar que el citado artículo fue aprobado en primera lectura atribuyendo los segundos representantes de las cámaras legislativas a un partido “diferente” al de los presidentes de ambos hemiciclos, Genao expresó que ese asunto debe sancionarse igualmente en  segunda lectura, a menos que medie una decisión de reverificación, cosa que no se ha producido y que ya, sostuvo, no puede hacerse.

Genao dijo que quien rompió el quórum de la sesión fue el vocero perredeísta, Roberto Rodríguez, porque “los números no le cuadraban” para aprobar la integración del CNM.

Retiro.  Durante la jornada, la Asamblea Revisora aprobó 15 artículos sobre el Poder Judicial, entre ellos el 150, que establece en 75 años la edad de retiro obligatorio de los magistrados de la Suprema Corte.

 Los demás jueces, añade, serán retirados de conformidad con  la ley.

Incompatibilidad.  El mismo artículo dispone que el servicio en el Poder Judicial es incompatible con cualquier otra función pública o privada, excepto la docente.

 “Sus integrantes no podrán optar por ningún cargo electivo público, ni participar en actividad político-partidista”, expresa.

Las claves

1. Retroceso

El presidente de la comisión de Verificación, Frank Martínez, consideró  un retroceso que la Asamblea Revisora haya quitado el rango constitucional a la jurisdicción inmobiliaria, que tiene que ver con todo el proceso de acreditación y titulación de tierras y los bienes inmuebles.

2. Indispensable

Martínez sostuvo que los  títulos de propiedad son indispensables para la correcta titulación de  bienes.

3. Problemas

Dijo que la medida es un retroceso en un país con tantos problemas inmobiliarios.

Los implicados

Frank Martínez

Afirmó que fue un error del acuerdo PLD-PRD haber suprimido la jurisdicción inmobiliaria de la Constitución.

Reinaldo Pared Pérez

Atribuyó la ruptura del quórum al exceso de  trabajo a que están sometidos los miembros de la Asamblea.

Ramón Rogelio Genao

Dijo  el PRSC incoará una demanda en inconstitucionalidad si la “contrarreforma” PLD-PRD saca al PRSC del Consejo  de la Magistratura.

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