Juez Camacho  propone leyes sean revisadas cada cinco años

Juez Camacho  propone leyes sean revisadas cada cinco años

TANIA HIDALGO
t.hidalgo@hoy.com.do
El juez presidente de la Tercera Sala  Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Ignacio Camacho, propuso ayer  que las leyes del país sean sometidas a un proceso de revisión y actualización cada cinco años, tomando en consideración que hay legislaciones  que responden  a situaciones sociales y económicas que no tienen relación con la  actualidad, y entran en un estado de desfase entre la normativa y la realidad.

Considera el magistrado que  las leyes surten sus efectos de forma inmediata tan pronto entran en vigencia, pero muchas no son proyectadas al futuro, ya que su contenido solo responde a necesidades actuales con relación a la época en que es conocida y aplicada, por lo que, al transcurrir del tiempo muchas  siguen vigentes, aun siendo ineficaces.

El juez de segunda instancia esbozó sus planteamientos en un anteproyecto de ley que elaboró y presentó a algunos diputados para su ponderación.

Asimismo, la propuesta consigna  que la comisión permanente de la Cámara de Diputados o del Senado, en la cual se haya originado la ley queda encargada de realizar la revisión y actualización de la misma, debiendo someter sus recomendaciones a la consideración de los demás legisladores.

Señala la propuesta que el Poder Ejecutivo, La Suprema Corte de Justicia (SCJ), la Junta Central Electoral (JCE) y cada secretaría de Estado, podrán solicitar la revisión y actualización de las leyes que de manera directa se relacionen con sus fines.

La propuesta ley  no tendría aplicación sobre las leyes que por su carácter especial, su vigencia termine antes de los cinco años. 

Las claves

1. Otras prerrogativas

Para aquellas leyes que no fueron sometidas a estudio de comisiones, el Presidente de la Cámara de Diputado o del Senado, según fuere el caso, o cualquier miembro de la comisión podrá solicitar que la ley sea enviada al proceso de revisión y actualización y enviarla a  la comisión correspondiente o aquella que juzgue pertinente. Durante el proceso de revisión, la comisión correspondiente, si lo entiende pertinente, podrá celebrar vistas públicas.

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