Juez dicta tres meses prisión preventiva a capitán y coronel

Juez dicta tres meses prisión preventiva a capitán y coronel

El juez de Atención a la jurisdicción Permanente de San Cristóbal,   Cristino Ambiorix Marichal Martínez, dispuso tres meses de prisión preventiva para el capitán Lino De Oca Jiménez y el teniente coronel José Antonio Pulinario Rodríguez, acusados de la muerte del narcotraficante Rolando Florián Féliz, en un incidente ocurrido en su celda de la cárcel de Najayo.

El magistrado adoptó la decisión a requerimiento del Ministerio Público, representado por la fiscal adjunta  Leuina Tavárez.

Aunque el tribunal ordenó el cumplimiento de la medida de coerción en la cárcel de Najayo, el procurador de la Corte de Apelación de esa ciudad, Jesús Fernández Vélez y el fiscal Faustino Pulinario  dispusieron que ambos fueran trasladados al Centro de Operaciones Especiales de la Policía Nacional, en Manoguayabo, a fin de garantizar su integridad  física.

De inmediato, los abogados de la defensa de los imputados  Juan Demóstenes Cotes Morales, Freddy  Mateo Calderón, Ambiorix Arnaud Contreras, José Tamarez y Pedro Luna, informaron que solicitarán ante la Corte de Apelación la revocación de la resolución.

En su intervención, Coste Morales aclaró que no fue si no hasta el pasado lunes cuando se les “dio de baja” a los imputados.

En tanto, Carlos Balcácer, de la parte civil constituida, saludó la decisión, al señalar que la justicia envía un mensaje positivo.

Cerca de las 10:00 de la mañana, los imputados  fueron  conducidos al Palacio de Justicia de San Cristóbal en medio de estrictas medidas de seguridad.

Al ser abordado por los periodistas, los suspendidos agentes policiales  se auto declararon inocentes, al tiempo de señalar  que actuaron cumpliendo con su labor, a fin de someter a la obediencia al malogrado capo.

Florián Féliz fue muerto de ocho disparos que  según el infome de la comisión investigadora  le propinó De Oca Jiménez con  el arma de fuego de Pulinario Rodríguez, en violación a los artículos 295, 304 y 59 del Código Penal, según se hace constar en la instancia  sobre medidas de coerción incoada por la fiscalía  ante la jurisdicción Permanente.

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