Juez homologó acuerdo afirma actuó con equidad, buen sentido

Juez homologó acuerdo afirma actuó con equidad, buen sentido

El juez Danilo Amador Quevedo afirmó que en la homologación del contrato entre la Procuraduría general y Odebrecht actuó “inspirado en la equidad y el buen sentido”, ejerciendo su ineludible deber de garantizar los derechos que amparan a los investigados y de resguardar los intereses de la sociedad.
Dijo que el acuerdo de marras guarda “perfecta” armonía con los principios fundamentales como son la legalidad, primacía de la Constitución, solución de conflictos y el debido proceso de ley.
Resaltó que uno de los soportes para la aplicación del criterio de oportunidad está establecido de manera expresa en el artículo 8 del acuerdo, el cual estipula que la exclusión de acciones penales con las que serán beneficiadas Odebrecht, sus sucursales, subsidiarias, accionistas, directores, gerentes y empleados directos, no aplican para nadie más.
Resta importancia a pena. El juez del Tercer Juzgado de Instrucción dijo, además, que la pena que le corresponde (a Odebrecht) por los sobornos y de cuya persecución el Ministerio Público prescinde, “carece de importancia” en consideración con la pena ya impuesta a la que corresponde por los restantes hechos o calificaciones pendientes, o la que se impondría en un procedimiento tramitado en el extranjero.
Recordó que tratándose de una imputación a la Ley 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión, la sanción estipulada para las razones sociales involucradas es de “multa”.
Agregó que por su naturaleza la pena de multa siempre resultará inferior a cualquier pena privativa de libertad, “amén de que la sanción relativa a la suspensión de actividades comerciales, también resulta de otra naturaleza que la privación de libertad…”
Indicó que aunque una de las características del ejercicio de la acción penal es su obligatoriedad, bajo el principio de la legalidad procesal, el criterio de oportunidad vendría a considerarse como excepción.
“Empero, no colisiona con elementos legales, sino que se considera como una mitigación al principio de legalidad, por cuanto el interés público a la persecución de determinados delitos es mínimo…”, subrayó.
Dijo que luego de comprobar que la solicitud del Ministerio Público y Odebrecht está fundamentada en los requisitos de ley; de que el caso fue declarado complejo por resolución judicial; el imputado está en disposición de colaborar “eficazmente” para probar la participación de otros imputados; y reparará el daño causado, entre otras cosas, decidió autorizar al MP aplicar el Criterio de Oportunidad a favor de Odebrecht, homologando el contrato.
La Resolución mediante la cual el juez Quevedo ordenó dicha autorización está marcada con el número 059-2016-SRES-00098/RP, y tiene fecha 19 de abril del 2017.
Firman contrato. Por Odebrecht lo hicieron Mauricio Dantas Bezerras, apoderado especial, y Robert Valdez, abogado.
Por el MP firmaron el procurador Jean Rodríguez, y Laura Guerrero Pelletier, titular de la Procuraduría contra la Corrupción Administrativa (PEPCA).

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