El juez José Rafael D’ Asís Burgos, del Primer Juzgado de la Instrucción de Santiago, ratificó este jueves la prisión preventiva impuesta como medida de coerción a dos de los implicados en el asesinato de Ana Francisca Gómez de Amaro (La Patrona), ocurrido en octubre de 2022.
Se trata de Jerry Antonio Moreno Ortiz (el Colombiano) y Wader Robert Peña Angomás (Adalino), quienes cumplen la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, ubicado en San Cristóbal.
«Dada la circunstancia en la que ocurrieron los hechos, el juez D’ Asís le rechazó, dijo el abogado querellante, Juan Báez, quien aclaró: «la revisión de medida de coerción tiene como objetivo verificar si realmente han variado o no las circunstancias que dieron al traste con la prisión preventiva. Sin embargo, hoy no se presentó ni siquiera un papelito de colmado, por lo que, evidentemente, tratándose de un caso de crimen organizado donde ya uno de los imputados fue enviado a juicio de fondo, no le van a variar la medida de coerción».
El jurista, junto a su colega Nelson Peralta, agregó que, además, el magistrado aplazó para el próximo 25 de febrero el inicio del juicio de fondo contra los imputados.
Sobre el crimen
«La Patrona» fue interceptada y tiroteada en la intersección de las avenidas 27 de Febrero con Estrella Sadhalá (La Rotonda), en el ensanche Libertad.
Según informó el Ministerio Público, cuenta con los elementos probatorios, incluyendo recursos audiovisuales, testimonios reveladores, entre otros, que permiten establecer que los implicados recibieron pagos e instrucciones de otra persona no identificada.
Además de gestionar la trama, afirma el órgano persecutor, Moreno Ortiz ayudó a los ejecutores del trabajo, a huir de la zona de compromiso, hasta Santo Domingo, a fin de evitar ser identificados y arrestados.
El Ministerio Público le ha otorgado al presente caso en contra de los imputados Jerry Antonio Moreno Ortiz (el Colombiano) y Yan Carlos Batista (Yan Yan y/o Joan), la calificación jurídica establecida en los artículos 265, 266, 296, 297 y 304 del Código Penal Dominicano que tipifican la asociación de malhechores y asesinato, en perjuicio de la víctima Ana Francisca Gómez de Amaro y/o Andújar.
También, le imputa los artículos la violación del artículo 66, párrafo 5, el y artículo 67, de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, en perjuicio del Estado dominicano.
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