Juez rechaza dos certificados médicos en caso Odebrecht

Juez rechaza dos certificados médicos en caso Odebrecht

Juez Francisco Ortega Polanco.

El juez de la instrucción especial, Francisco Ortega justificó las medidas de coerción que dictó a 13 de los 14 encartados en el caso Odebrecht, afirmando que la exhibición de documentos y el depósito de presupuestos que hicieron durante la audiencia, “no bastaron para restar crédito” a los fundamentos de la solicitud del procurador general, Jean Rodríguez.
Dijo que de la combinación de la lectura de los artículos 227, 229 y 230 del Código Procesal Penal (CPP) y evaluados todos los presupuestos , “los justiciables” eran susceptibles de medidas de coerción, ya que los presupuestos probatorios sometidos al contradictorio, “son suficientes para sustentar, con probabilidad razonable” las circunstancias exigidas por la norma vigente.
Casos especiales. Indicó que en el caso de Radhamés Segura y Roberto Rodríguez Hernández no podía ordenar prisión preventiva en atención a las disposiciones del artículo 234 del CPP, en su parte “in fine”, referente a personas afectadas por una enfermedad grave y terminal.
Sobre Segura, dijo que un informe médico expedido el 2 de febrero del año en curso por el doctor Richard F. Ambinder, del Departamento John Oncology de Johns Hopkins Medicine, Baltimore, Estados Unidos, al exadministrador de la CDE le encontraron “un pólipo sigmoideo que fue resecado. Un escaneo CT reveló un tumor en el hígado que abarca la totalidad del lóbulo derecho, con adenopatía aorticava positiva…” por lo que fue referido para cirugía.
De Rodríguez Hernández, indicó de acuerdo con presupuestos presentados, el exdirector del Inapa presenta antecedentes médicos varios, entre ellos, hipertensión arterial, diabetes tipo II bajo control estricto con dieta y medicación; protusiones de la columna cervical, “trastorno depresivo recurrente grave con síntomas atípicos” y que se encuentra bajo tratamiento farmacológico.
Dos intentos fallidos. Dijo que también el exdiputado Ruddy González, a quien le dictó 6 meses de prisión preventiva en Najayo, en procurad de su libertad presentó dentro de sus presupuestos diversas fotocopias de informes médicos, los cuales no fueron tomados en cuentas porque están en inglés, y el artículo 2 de la Ley 5136 del 18 de julio de 1912 establece que deben estar en castellano.
Lo propio hizo César Sánchez, exadministrador de la CDE, quien llevó fotocopia de un certificado de salud y asistencia médica expedido por el internista Cardiólogo-electrofisiólogo Juanico Gonzalo Cedano Ramírez, del 31 de mayo de este año, en el que se señala que el imputado presentó “hipertensión arterial sistémica primaria”, el cual tampoco fue tomado en cuenta, por no encajar dentro del artículo 234 del CPP.
Testimonios pesaron más. En su resolución número 0047/2017, el magistrado Ortega indicó que aunque todos los encartados fueron “precisos y detallados” en sus argumentaciones tendentes a demostrar su arraigo y falta de peligro de fuga, lo cual mereció la atención sosegada del Tribunal, eso no basta para determinar la procedencia o no de una medida de coerción.
Dijo que el juez también debe ponderar el equilibrio entre las garantías del imputado y la protección de la sociedad y las víctimas de la infracción; más aún cuando se presumen seriamente comprometido el interés público.
Recordó que lo que motivó al Estado dominicano, a través del Ministerio Público, a investigar este caso fue el acuerdo suscrito el 21 de diciembre del 2016 por Odebrecht con el Ministerio Público Federal de Brasil, el departamento de Justicia de los Estados Unidos y la Procuraduría General de Suiza, del cual salieron involucrados en los ilícitos que dicho consorcio brasileño admitió haber cometido en Brasil y en el exterior, los 14 dominicanos encartados.
Dijo que para sustentar su decisión el tribunal consideró “atendibles” la exposición del Ministerio Público sobre la participación que, según los testigos Marcos Vasconcelos Cruz y Ernesto Sá Viera Baiardi, tuvo cada uno de los imputados en el caso de los US$92 millones de sobornos pagados por Odebrecht en el país, así como los presupuestos presentados como fundamento y contradicho por las partes.

Fue en ese tenor que a Temístocles Montás, quien fue destituido ayer como Ministro de Industria y Comercio, le impuso 6 meses de prisión preventiva a ser cumplidos en la cárcel de Najayo, en San Cristóbal.
A los senadores Tommy Galán y Julio César Valentín; y al diputado Alfredo Pacheco les impuso una fianza de RD$5 millones e impedimento de salida del país, hasta tanto el Congreso Nacional decida sobre la solicitud de levantamiento de la inmunidad parlamentaria que le hizo el tribunal.
Al exministro de Obras Públicas Víctor Díaz Rúa, yal abogado Contado Pittaluga Arzeno, 9 meses en Najayo; a los exlegisladores Andrés Bautista y Ruddy González, 6 meses; y a D ’Oleo Ramírez y Sánchez, 3 meses, en la misma cárcel.
Segura y Rodríguez Hernández estarán bajo arresto domiciliario durante 9 meses.
Con relación al encartado Bernardo Castellanos de Moya, quien se encuentra en Panamá, el juez de la instrucción especial lo desglosó del proceso.
Señaló que si bien es cierto que dicho imputado no está presente, que se ha evidenciado que no fue regularmente citado, y que el juez, como garante de la Constitución y por aplicación del Principio de Odiciosidad, procuró la asignación de defensores públicos, los cuales concluyeron solicitando la suspensión del proceso, porque no se podían asumir “per se” dicha defensa, no menos cierto es que tratándose de una vista para conocer solicitud de medida de coerción a 14 personas, sería una arbitrariedad atar a la suerte procesal a una persona que se está en libertad y que nada impide que sea desglosado.

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