El juez titular del Tribunal Superior electoral (TSE), Ramón Arístides Madera Arias,afirmó que la Junta Central Electoral (JCE) cometió unaaberración jurídica y una distorsión de la ley al haberle adjudicado unadiputación nacional a un partido político que apenas obtuvo como votos propiosel 0.15% del total de los votos válidos emitidos en el nivel congresional. Hoy/Fuente Externa 04/09/20
El juez del Tribunal Superior electoral Ramón Arístides Madera Arias afirmó ayer que la Junta Central Electoral (JCE) cometió una aberración jurídica y una distorsión de la ley al adjudicar una diputación nacional a un partido que apenas obtuvo como sufragios propios el 0.15% del total en el nivel congresional.
Se refiere al Cívico Renovador, que ganó una litis al Revolucionario Moderno.
De ese modo emite un voto disidente al de sus cuatro colegas contra la sentencia TSE-782-2020, que favoreció la decisión del organismo comicial y adjudicó la quinta diputación nacional al representante del PCR, Miguel Ángel de los Santos Figueroa, en perjuicio de Celia Licelot Encarnación Minyety, del PRM.
Calificó la disposición de “absurda y adefesio jurídico” que favoreció una decisión injusta y al margen de la ley de la JCE.
Enfatizó que en su calidad de ciudadano, de Juez electoral independiente, y de libre pensador, su único compromiso es con el pueblo y con el adecentamiento del país, y que su obligación es la defensa y la protección de la democracia y los mejores intereses de la sociedad, y que por ello cumple con el deber de actuar con transparencia, imparcialidad y objetividad, opuesto a la sentencia de la mayoría de los jueces del TSE.
“No tengo que rendirle culto ni cuentas a nadie, ni ser genuflexo ante ninguno de los sectores políticos, poderes fácticos, económicos, sociales o religiosos, con los cuales no tengo compromiso, pues antes de asumir el cargo presté juramento de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes de la República”, señaló Madera.
Expuso que seguirá apegado a la justicia y al derecho, a pesar de estar consciente de que asumir posiciones independientes y responsables, y actuar con criterio propio tiende a ofender y a disgustar a mucha gente, sobre todo a los afectados con sus decisiones.
Citó como ejemplo que es amigo y admirador del presidente del Partido Cívico Renovador, Jorge Zorilla Ozuna, desde hace más de 25 años, pero que la emisión de su voto disidente en este caso, le ha traído como consecuencia que el general retirado decidiera retirarle su amistad, pero que como juez no puede prestarse a emitir un voto a favor de una decisión de la Junta que ha sido el producto de artimañas, subterfugios y mecanismos incorrectos usados en juntas electorales.
Entiende que con su resolución la JCE ha desnaturalizado los hechos y va contra el ordenamiento jurídico, decisión que como juez tiene la obligación de rechazar, “aunque me cueste perder a un amigo, porque los intereses del pueblo están por encima de los intereses individuales”.
Madera Arias destacó que en virtud de las argumentaciones fácticas, jurídicas e interpretación lógica que expuso en la motivación, quedó demostrado que la JCE, al emitir la Resolución No.68/2020, del 17 de julio, que declaró ganador de una curul de diputado nacional por acumulación de votos a De los Santos Figueroa, cometió una aberración jurídica y una distorsión de la ley.
“No se puede adjudicar una diputación nacional a un partido político que ni siquiera de manera imaginaria obtuvo la cantidad de votos necesaria”, dijo.
Lamentó que sus cuatro colegas “no asumieran con gallardía su rol ya que en el presente caso no pensaron ni razonaron como jueces, sino como empleados o funcionarios de la JCE”.