Junta San Pedro niega Jay Payano interrumpiera conteo

Junta San Pedro niega Jay Payano interrumpiera conteo

POR DIEGO PESQUEIRA
La Junta Electoral de San Pedro de Macorís negó que el secretario de Deportes, Felipe- Jey- Payano, irrumpiera en la sede de ese organismo con el deliberado propósito de interrumpir el conteo de los votos, como se denunciara.

En ese sentido, la Junta Electoral de San Pedro de Macorís emitió una aclaración que está contenida en una resolución divulgada el jueves 18 del presente mes, donde informa que en ningún momento el titular de Deportes Felipe -Jey- Payano ingresara al recinto con el interés de incidental el conteo de los votos.

De acuerdo a la declaración firmada por el ingeniero Robín Rosa Santos, presidente y los demás miembros de la Junta Electoral de San Pedro de Macorís se asegura que “en ningún momento el señor Felipe -Jay- Payano se presentó a ese organismo con el marcado propósito de pedir la suspensión del conteo de los votos emitidos en ese municipio en las pasadas elecciones del 16 del presente mes”.

Incluso la resolución número 2/2006, dice lo siguiente: “Que en fecha 18 de mayo del 2006, la doctora Dolores Grullón Doline de Guerrero, delegada política de la Alianza Rosada, solicita la detención del proceso de conteo de los votos, bajo la sospecha de ciertas irregularidades, según su representante legal ante la Junta Electoral, expresa que el secretario de Deportes, Felipe- Jey- Payano, ha irrumpido en varias ocasiones el local que ocupa esta Junta y detenido el proceso de conteo, siendo esto falso de toda falsedad, por lo que esta Junta Electoral en ningún momento ha paralizado el conteo de los votos, pese a algunos incidentes de algunos delegados políticos, el proceso ha continuado su curso normal”. En otro considerando dice que los votos consignados en las actas computarizadas son los mismos que se encuentran en la relación de votación.

En esta resolución, la Junta decidió suspender de sus funciones como apoyo a esta Junta Electoral de San Pedro de Macorís a la doctora Restituyo Cruz,  por considerar sus actuaciones una intromisión a las funciones que son propias de la JCE en violación al artículo 53 de la Ley Electoral 297/97.

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