Junta tendría que decidir oposición al pacto entre  PRSC-PLD

Junta tendría que decidir oposición al pacto entre  PRSC-PLD

La decisión del Tribunal Superior Electoral (TSC) de declarar inadmisible el recurso de amparo interpuesto por un grupo de dirigentes reformistas que procuran una candidatura propia, obliga  a la Junta Central Electoral (JCE)  a fallar el acto  de oposición al pacto de  alianza suscrito entre los partidos Reformista Social Cristiano (PRSC) y de  la Liberación Dominicana (PLD).

De acuerdo con el artículo 62 de la Ley Electoral 275-97, es potestativo de la JCE “denegar de plano las reclamaciones  contra las fusiones o coaliciones de partidos, o conocer de ellas contradictoriamente, en forma sumaria”.

El acto de oposición a la alianza mediante la cual el PRSC proclamó al candidato presidencial del PLD, Danilo Medina, fue interpuesto por los vicepresidentes reformistas  Eddy Alcántara Castillo, Guillermo Caram, Daniel Perdomo Ortiz, Ramón Pérez Fermín, Oscar Santiago Batista y Alfonso Fermín Balcácer.

Qué esperar. Para depositar sus pactos de alianza o coaliciones los partidos políticos tienen un plazo hasta el próximo martes 6 a las 12:00 de la medianoche, a partir de entonces la Ley da a la JCE 48 horas para convocar una audiencia pública para conocer de las mismas y decidir cualquier oposición dentro de las 72 horas siguientes.

Justificación del TSE. El TSE consideró “inadmisible” el recurso de amparo interpuesto por los  dirigentes reformistas, basándose en el artículo 70 de la Ley 137, Orgánica del Tribunal Supremo Electoral. Aún tiene pendiente de fallo el recurso en  nulidad a los poderes dados a Carlos Morales para realizar alianzas.

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