Jurista dice violación ley Poder Judicial puede ser anulada

Jurista dice violación ley Poder Judicial puede ser anulada

El jurista Eric Raful advirtió ayer que las autonomías de los poderes públicos deben estar garantizadas en la administración política del Estado, por lo cual el Ejecutivo no puede abrogarse el derecho de reducir el presupuesto del Poder Judicial porque eso implica un conflicto de competencia pasible de un recurso de nulidad.

Raful citó que el Tribunal Constitucional ha establecido que las autonomías deben tener garantías para su ejercicio pleno y que el estado social de derecho obliga a la participación conjunta de los poderes en la conducción del Estado.

Apuntó que el Poder Judicial debe participar no solo en la formulación de su presupuesto, sino de cualquier cambio que se haga.

“No puede el Poder Ejecutivo subrogarse los derechos de un poder autónomo para reducir su presupuesto”, expresó.

Señaló que el Poder Judicial podrá reclamar y pedir la nulidad de cualquier presupuesto que el Ejecutivo le haya cercenado, de forma unilateral.

Citó que en Colombia y en Perú ha habido jurisprudencia en la materia.
Raful refirió que la Ley 194-04 sobre la autonomía presupuestaria del Poder Judicial es orgánica y no puede ser modificada por una norma ordinaria como la de presupuesto de cada año.

Además, aclaró que aunque sea el Poder Ejecutivo quien someta el presupuesto al Congreso, esto es solo un trámite procesal.

Raful habló del tema durante el tercer foro de la Coalición Acción por la Justicia, bajo el tema “El presupuesto del Poder Judicial”.

Raful al igual que el economista José Rijo Presbot enfatizaron sobre la necesidad de que se cumpla el presupuesto de ley al Poder Judicial para garantizar su independencia.

Presbot recordó que el presupuesto de la República es una ley, en cuyo proceso de elaboración debe imperar la lógica democracia y donde deben participar todos los poderes, no uno en mayor proporción que otro.

Planteó que el Poder Judicial tiene participe de un movimiento social para demandar del cumplimiento de la ley por el Ejecutivo y de lo contrario hacerlo ante el Congreso para que no sea cómplice de la violación a la ley que establece un 2.66% de los ingresos a ese sector.

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