La Asamblea Nacional Revisora aprobó ayer, en segunda lectura, la nueva Constitución dominicana, que contempla la unificación de las elecciones, la reducción de la cantidad de diputados a 170, y establece que el presidente Luis Abinader no podrá optar nuevamente por la presidencia ni la vicepresidencia.
Asimismo, dispone que el procurador general de la República y los siete procuradores adjuntos sean designados por el Consejo Nacional de la Magistratura, así como la integración del presidente del Tribunal Constitucional al CNM.
La pieza, que ahora está en manos del mandatario Abinader, quien dispone de un plazo de 15 días para promulgarla o vetarla, también establece que ninguna modificación a la Constitución podrá alterar la forma de gobierno ni las reglas de elección presidencial, entre otras reformas. Los artículos que se modificaron son el 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268, 274, y se creó el 278, que incluye varias disposiciones transitorias.
Los 40 cambios
A lo largo de la historia, la Carta Sustantiva de la República Dominicana ha experimentado 40 modificaciones que han influido en el desarrollo de la democracia del país, en la solución de conflictos post-electorales entre partidos, en la facilitación de la reelección, etc.
En este sentido, a continuación ofrecemos un vistazo a algunas de las reformas que se han realizado a la Constitución:
Modificación del año 1854: Se suprimió el artículo 210, que restringía los poderes del Ejecutivo, y se ampliaron las facultades del Poder Judicial y del Congreso. Además, se extendió el período presidencial de 4 a 6 años, y de manera transitoria se estableció que el Presidente podría permanecer en el cargo por dos períodos consecutivos.
De igual forma, se limitaron todas las libertades públicas y los derechos fundamentales, lo que llevó a que esta modificación fuera conocida como la Constitución despótica de la dictadura del siglo XIX.
1858: Se promulgó la Constitución de Moca, considerada la más democrática de su época. Esta garantizó la libertad de expresión, el libre tránsito y la libertad de reunión pacífica, estableciendo que el gobierno debía ser civil, republicano, popular, representativo, electivo y responsable.
1865: Se consagró el derecho al voto para toda la ciudadanía, excluyendo a las mujeres, y se dispuso que la Ley Suprema podría modificarse en caso de que se requiriera por razones de utilidad pública.
1866: En esta modificación, se le retiró a la Asamblea Nacional la facultad de modificar la Constitución.
1868: Se restauraron aspectos de la Constitución de 1854.
1872: El cambio principal fue la autorización de la reelección presidencial. Además, se limitó el derecho constitucional de los creyentes protestantes a celebrar cultos en sus templos, declarando a la Iglesia Católica, Apostólica y Romana como la religión oficial.
1874: Se eliminó el requisito de saber leer y escribir para votar y se estableció un Congreso unicameral compuesto por 31 diputados elegidos por voto directo. Además, se prohibió la emisión de papel moneda.
1877: Se modificó el proceso para que la elección del presidente se realizara por aclamación oral del pueblo.
1878: Se convocó una reforma constitucional para llevar a cabo elecciones. Asimismo, se determinó que el período presidencial sería de un año y el poder legislativo volvió a tener dos cámaras.
1881: Fernando Arturo de Meriño suprimió la Constitución debido a ciertos conflictos en el país, lo que llevó a su juramentación nuevamente ante el Congreso Plenipotenciario. Además, se incluyó la figura del vicepresidente.
1896: Se estableció la reelección indefinida del presidente de la República, se definieron los límites del territorio nacional, se crearon nuevas provincias y distritos, y se aumentó el número de diputados.
1929: Se llevaron a cabo dos reformas a la Constitución. El 19 de enero de ese año, se modificó la Carta Magna para permitir la firma de un Tratado de Límites con la República de Haití.
Entretanto, el 20 de junio se introdujo una de las modificaciones más significativas al régimen de adquisición de la nacionalidad dominicana por ius soli. Esta enmienda reviste particular importancia, ya que fue la primera en excluir a los hijos nacidos en el país de padres extranjeros en tránsito del principio general de adquisición de la nacionalidad por nacimiento.
1942: Se eliminó nuevamente el cargo de Vicepresidente/a de la República. Además, se establecieron disposiciones en favor de los trabajadores y se otorgaron atribuciones a la capacidad política de la mujer casada.
1955: Rafael Leónidas Trujillo fue proclamado «Padre de la Patria Nueva». Se crearon secretarías de Estado, se reintrodujo la vicepresidencia, y se redujo la edad mínima para ser presidente del país a 25 años.
Durante la era de Trujillo, también se amplió el período presidencial de 4 a 5 años con el apoyo de la Asamblea Revisora.
1961: Se implementó una reforma que inauguró el proceso de apertura democrática e institucional del Estado. Se estableció el Consejo de Estado, al cual se le otorgaron las funciones del Poder Ejecutivo y Legislativo.
1962: Quedó eliminado el artículo que exigía a los candidatos presidenciales haber residido en el territorio nacional durante los cinco años previos a la elección, lo que permitió a Juan Bosch postularse y, posteriormente, asumir la presidencia de la República.
1966: El entonces presidente Joaquín Balaguer promovió una reforma que contempló la Nación, la soberanía y el gobierno, así como los derechos de la ciudadanía y los tres poderes del Estado. Además, se instituyó la celebración separada de las elecciones presidenciales y municipales, y se restableció la reelección presidencial.
1994: Se estableció nuevamente la «no reelección presidencial» y se redujo el período presidencial de 4 a 2 años para el presidente de la República en el periodo 1994-1998, lo que dio lugar a nuevas elecciones en 1996.
Asimismo, se separaron las elecciones presidenciales de las congresuales y municipales, se implementó un sistema de doble vuelta electoral cuando ningún candidato alcanza el 50% más un voto, se establecieron colegios cerrados, se garantizó la inamovilidad de los jueces y se reconoció el principio de la doble nacionalidad.
2002: Se estableció que el presidente de la República podrá optar por un segundo y único período constitucional consecutivo, sin poder postularse jamás al mismo cargo ni a la Vicepresidencia de la República. Además, se eliminaron los colegios electorales cerrados, los cuales se habían creado en 1994.
2010: Se creó el Tribunal Constitucional y la jurisdicción electoral, así como el reconocimiento de derechos fundamentales no establecidos, como los de tercera generación, lo que dio origen a los medios de garantía para su protección, entre otros avances institucionales.
2015: Esta reforma se centró en la reelección presidencial. Se incluyó una prohibición total de todas las formas de unión entre personas del mismo sexo en su artículo 55, convirtiendo a la República Dominicana en el primer país del mundo en constitucionalmente negar el reconocimiento a estas parejas.
Asimismo, la República Dominicana se convirtió en la sexta jurisdicción a nivel mundial en prohibir completamente el aborto sin excepciones, tal como se establece en el artículo 37.
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