La Administración Tributaria y el sector comercial: una alianza estratégica

La Administración Tributaria y el sector comercial: una alianza estratégica

Texto de la conferencia magistral ofrecida ayer por el director general de Impuestos Internos, licenciado Juan Hernández Batista, en el evento Jornada de Adecuación  Fiscal, organizado por la Federación Nacional de Comerciantes y Empresarios de la República Dominicana (FENACERD):

Me place participar como orador invitado a éste, tan importante encuentro de empresarios del comercio, organizado por una pujante organización como lo es la Federación Nacional de Comerciantes y Empresarios de la República Dominicana (FENACERD).

FENACERD, ha estado desarrollando una exitosa, productiva e innovadora jornada de encuentros entre sus asociados, debatiendo por todo lo ancho del país, temas que interesan al sector comercial y empresarial; incluyendo entre esos temas, aquéllos vinculados con el quehacer tributario, sobre los cuales han desarrollado una importante gestión orientadora.

El tema de la Educación Tributaria es un aspecto que ocupa un lugar sumamente importante en la agenda de trabajo de esta federación. Como muestra, bastaría revisar cualquiera de los últimos números de su órgano de difusión escrito u observar su educativo programa televisivo.

Llama, positivamente, la atención la manera que tiene esta organización de tratar a sus asociados el tema tributario. Se basa fundamentalmente en presentar de manera didáctica las disposiciones tributarias, con el objetivo de que sus miembros conozcan su alcance, se familiaricen con ellas, identifiquen sus deberes; pero sobre todo, conozcan sus derechos, a fin de que la aplicación de las leyes tributarias se lleven a cabo en un marco de respeto mutuo entre el comerciante y la autoridad tributaria.

Esta manera de actuar de FENACERD permite, por un lado, que los comerciantes, conociendo sus deberes y derechos tributarios, paguen lo justo y la autoridad tributaria no se exceda en su actuación. Es decir;  “Al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”.

No es usual ver a una organización de este tipo hacer una rueda de prensa, al ser promulgada una normativa de la DGII e iniciar su exposición, valorando los aspectos legales que la fundamentan y manifestando, públicamente, su apoyo a las iniciativas que pretenden reducir la evasión tributaria. Así lo vimos con la Norma para controlar las Ventas por Fuera de Libros y con el Reglamento de  Comprobantes Fiscales.

Los Comprobantes Fiscales, sin duda, han representado el proyecto más importante de la DGII durante el 2007. En este proceso FENACERD externó públicamente su apoyo al proyecto e inició una serie de encuentros entre sus miembros, explicando el alcance y la importancia del mismo. Es decir, vio mucho más que una disposición tributaria tendente a establecer los controles que aseguren una sana competencia entre iguales. Se ha visto, fundamentalmente,  como una oportunidad del comercio para organizar sus operaciones. 

Por la contribución de FENACERD en hacer del tema tributario parte cotidiana del ejercicio comercial, como en cualquier parte del mundo, es por lo que hoy estamos aquí.

Estamos aquí, a pesar de que,  en un momento como éste, a menos de siete meses de un proceso eleccionario, los temas que predominan  son aquéllos propios del momento político en que nos encontramos y, por consiguiente, los temas impositivos son proclives a ser usados en el debate político como mecanismo de obtener beneficios electorales.

En este contexto, estamos acostumbrados a escuchar propuestas sobre el tema tributario que son sencillamente inviables si se quiere preservar, como es necesario hacerlo, la estabilidad fiscal de la que actualmente disfruta el país.

Asimismo, estamos acostumbrados a que sean distorsionados y sacados del contexto en que se exponen, temas estrictamente técnicos con el objeto de sacarle provecho electoral a costa, muchas veces, del desconocimiento de la ciudadanía sobre la realidad de estos tópicos. Es por esto, que las discusiones del tema impositivo, en este período, suelen convertirse, más que en discusiones sobre política fiscal,  en demagogia utilizada en el marco del debate político.

 Haciendo estas precisiones sobre el cuidado que debe que tener un recaudador en este período para evitar que sus opiniones sean distorsionadas, deseamos aprovechar la oportunidad para resaltar resultados tangibles, que se han obtenido fruto del proceso de  modernización de una institución, que se ha transformado para ser capaz de asumir la misión que le ha encomendado la Sociedad Dominicana.  

La implementación de los Comprobantes Fiscales, ha sido la solución para poner en práctica una serie de procedimientos pendientes de establecer, lo que nunca nadie había hecho, para permitir al contribuyente hacer uso de facilidades tales como: el reembolso de impuestos, la compensación automática de los impuestos sin requerir auditoría previa, la autorización de compras exentas de ITBIS en sectores productores de bienes exentos o exportadores y el mecanismo para que el producto local se venda a sectores amparados por leyes de incentivos en las mismas condiciones que el importado.

Muchas personas desconocen, por ejemplo, que al igual que en cualquier Administración Tributaria del mundo, en este país se devuelven y compensan a las personas, los saldos del Impuesto Sobre la Renta que posean. 

Existen varias modalidades a través de las cuales, el Gobierno devuelve, por primera vez, impuestos previamente cobrados. Una modalidad es cuando el asalariado, que tiene el saldo a su favor,  recibe ingresos que están sujetos a retención. En este caso, la empresa de forma automática, le reduce del valor a pagar, el saldo de que dispone, hasta su extinción total.

Otra modalidad es cuando el asalariado presenta un saldo a favor y el impuesto  a pagar por sus ingresos no compensa el total del saldo a favor de que dispone. En este caso, la empresa podrá solicitar a la DGII una autorización para devolver en efectivo el valor del saldo del empleado y una certificación de ese valor devuelto para usarlo como crédito del impuesto contra otras retenciones de impuestos de la empresa. Esta modalidad es única en este país.

Por último, si el asalariado no continúa trabajando con la empresa que le retuvo el impuesto que originó su saldo a favor o si quiere que sea la DGII quien le devuelva dicho saldo, independientemente de que siga trabajando o no, podrá solicitar el reembolso de ese valor y la DGII emitirá un cheque a su favor.

Por este concepto, la DGII ha devuelto más de $100 millones de pesos a asalariados en las tres modalidades mediante las cuales se puede solicitar el reembolso.

En cuanto al reembolso a los exportadores y productores de bienes exentos del ITBIS,  la DGII ha compensado o devuelto en este año más de $650 millones de pesos, sin que para estos fines se haya realizado una auditoría previa.

Las verificaciones requeridas para autorizar las compensaciones con otros impuestos u obtener el reembolso en efectivo que llevaban meses y hasta años completar, han sido sustituidos por la verificación a través del sistema computacional de los comprobantes fiscales, enviados electrónicamente a la DGII, por los proveedores que cobraron el ITBIS pagado  por el exportador o productor de bienes exentos, al que posteriormente le sería devuelto o compensado.

Es decir, que  por efecto de los sistemas computacionales asociados con los comprobantes fiscales el proceso se ha tornado ágil y sin demoras.

Como consecuencia de ello, la DGII ha autorizado a unos 150 productores de bienes exentos del ITBIS, tales como aceite, agua, arroz, medicamentos, embutidos, pastas alimenticias, café, azúcar y en general, los productos del sector agropecuario y a exportadores, para que más de 200  proveedores de insumos les facturen sin ITBIS. De esta manera, se reducen los costos del productor y se convierte en un incentivo para el productor nacional.

Los comprobantes fiscales, además, han permitido que la industria nacional reciba igual tratamiento que el productor foráneo al permitirse que las exenciones contenidas en las leyes de incentivos que sólo privilegiaban al producto importado, en detrimento del productor nacional, cuando por no existir un mecanismo de control, se exceptuaba del pago del  ITBIS sólo a los productos importados que compran esos sectores, se hicieran extensivas al mercado local al crear un mecanismo para estos fines, a partir de los comprobantes fiscales. Por este concepto, la DGII ha autorizado ventas sin ITBIS a estos sectores exentos de este impuesto por parte de los empresarios locales, por más de $6,400 millones de pesos, que representan más de $1,025 millones de pesos de ITBIS no pagado, que de otra manera hubiera favorecido a productores y comerciantes extranjeros.

 Como se ve,  la aplicación de los comprobantes fiscales se ha convertido en un instrumento que permite la creación de procedimientos ágiles que van más allá del interés tributario. Sirven para corregir distorsiones que iban en detrimento del productor nacional, en la medida en que se le impedía suplir a los sectores favorecidos con leyes de incentivos, las mercancías libres de impuestos.  Obviamente, como toda herramienta de control que persigue reducir la evasión tributaria y permitir una atmósfera adecuada para la sana competencia, se ha traducido también en el aumento de las recaudaciones, al iniciarse en la Sociedad Dominicana un proceso de transparencia de las operaciones que realizan los contribuyentes.

Estamos observando, sin duda, un proceso sostenido de mejoramiento en el comportamiento tributario de los contribuyentes.

Son estos resultados, positivos en términos de las recaudaciones, que han permitido a la DGII obtener un excedente presupuestario. Este excedente en las recaudaciones, producto del crecimiento económico que se verifica en la República Dominicana y, fundamentalmente, en la reducción de los niveles de evasión encontrados a la llegada de las autoridades del presente Gobierno, ha permitido al Señor Presidente de la República, disponer numerosas reducciones de impuestos que van desde el desmonte de la tasa del Impuesto Sobre la Renta, de 29% a 25%, a partir de este mismo año fiscal 2007; la eliminación del Impuesto Sobre Documentos, la reducción de la tasa del Impuesto a la Transferencia de Vehículos, la reducción de la tasa para Transferencias Inmobiliarias, la eliminación de la tasa por certificado médico, la reducción del impuesto para constituir una compañía o aumentar su capital, la eliminación del impuesto de venta de boletas de espectáculos públicos, hasta la eliminación del incremento del impuesto a las placas y la reducción de los impuestos selectivos al consumo de bebidas alcohólicas y cigarrillos.

Todas estas medidas significan más de $8,000 millones de pesos menos, que se han quedado en manos de los contribuyentes.

 Asimismo, se ha introducido por ante el Congreso Nacional, el Proyecto ya aprobado mediante  la Ley 56-07 que declara de prioridad nacional los sectores pertenecientes a la cadena textil, confección y accesorios; fabricación de calzados de manufactura de cuero y crea un régimen nacional regulatorio para estas industrias, dándoles el mismo tratamiento de Zonas Francas, así como también el Proyecto de Ley de Innovación y Competitividad Industrial, pendiente de aprobación Congresional.

Como se ve, la aplicación de los comprobantes fiscales, que afortunadamente contó con el apoyo del sector empresarial que permanentemente demanda la reducción de la evasión, se ha traducido en un instrumento de eficiencia recaudatoria que propicia la eliminación o reducción de tributos.

Como respuesta a un mejoramiento del cobro de los impuestos, como expresé por ante la Cámara Americana de Comercio “Parecería que existiera un acuerdo tácito, donde a mayor nivel de cumplimiento tributario de los contribuyentes, menores cargas impositivas”.

Dentro de todo este marco y como muestra del interés de las presentes autoridades en fomentar la organización de las pequeñas y medianas empresas, hemos elaborado una herramienta informática gratuita, de sencilla utilización, que será distribuida en el día de hoy, a fin de que los interesados puedan registrar con el mínimo esfuerzo sus operaciones diarias, lo que le permitirá conocer el real desempeño de su negocio.

La Adminstración Tributaria…

La herramienta es una hoja de cálculo que contiene una primera hoja sobre las instrucciones de uso de la misma. Asimismo,  contiene hojas para el registro de los ingresos, ya sea contenidos en comprobantes especiales de Registro Único de Ingresos; es decir, un registro de ingresos por día,  como en comprobantes individuales. Asimismo, incluye hojas para el registro de los gastos y del ITBIS pagado en las compras de bienes y servicios sustentados en comprobantes fiscales.

El interesado  podrá registrar cada mes sus compras y sus ventas y dispondrá de un estado básico de sus operaciones del mes. De lo que se trata, es de dotar a los que se animen a organizarse, de una herramienta para iniciar este proceso.

Esta iniciativa ha sido desarrollada con el concurso de FENACERD, cuyos técnicos revisaron la herramienta e incluso han sido programadas, de común acuerdo, mejoras para ser introducidas en la medida en que su uso se generalice. Estará disponible en la página Web de la DGII y de FENACERD para ser descargada gratuitamente.

En este mismo sentido, para el 2008 la DGII recibirá una donación a través del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) con los objetivos de mejorar este tipo de herramientas y crear kioscos o centros computarizados en todo el país, para que de manera gratuita las pequeñas y medianas empresas puedan hacer uso de Internet y de la Oficina Virtual de la DGII. Esto repercutirá, sin duda,  positivamente en facilitar el cumplimiento y en la reducción de los costos del mismo.

Finalmente, un tema de interés para el comercio en sentido general, lo constituye el Régimen de Estimación Simple (RES).

Para los contribuyentes sin contabilidad organizada, la aplicación de los comprobantes fiscales se ha convertido en un mecanismo idóneo para el registro de sus operaciones, por lo cual la DGII trabaja en un nuevo esquema del Régimen de Estimación Simple, basado en el uso de comprobantes.

Este nuevo Régimen pretende simplificar aún más, la forma de declarar de los pequeños y medianos contribuyentes sin contabilidad organizada, lo que dará respuesta a las innumerables solicitudes  de las distintas organizaciones comerciales. De hecho, técnicos de FENACERD y de otras organizaciones han sido consultados por la DGII para que expongan sus criterios al respecto.

En síntesis,  en estos tres años de gobierno, la Administración Tributaria Dominicana ha logrado: Primero, cambiar la conducta de los contribuyentes en cuanto al cumplimiento tributario, manteniendo su compromiso de brindar un servicio de calidad. Segundo, la creación de los mecanismos necesarios que han permitido a los contribuyentes el ejercicio de derechos que aunque consignado en la ley desde el 1992 no han sido sino hasta ahora que han podido ser disfrutados. Tercero, que el mejoramiento de las recaudaciones fruto de este cambio en la conducta tributaria, sirva al Señor Presidente de la República, para disponer la eliminación de impuestos y la reducción de tasas.

Y todos estos logros se han obtenido en un ambiente de respeto mutuo entre la Administración Tributaria, los contribuyentes y las organizaciones que lo representan. 

Muchas Gracias.

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