La cédula no debe caducar

La cédula no debe caducar

La Cédula de Identidad y Electora debe caducar cuando quien la posee deja de existir, nunca antes, porque no es un documento fiscalista, como acontece con las licencias de conducir vehículos de motor, porte de armas de fuego o pasaportes.

La Cédula de Identidad y Electoral es el documento que faculta al ciudadano en sus menesteres cívicos, actos judiciales como transacciones comerciales, cambiar un cheque bancario, matrimonio y deceso.

La Junta Central Electoral que preside un jurista de alto nivel profesional y conductual en la persona del doctor Roberto Rosario Márquez, un no muy lejano presidenciable, debe ponderar y someter al Pleno sugerencias de quienes le apreciamos sin contrapartida, como estudiar fijar la no caducación del documento que registra la vida civil de un ciudadano.

En países como Estados Unidos, que al que no pocos dominicanos tratan de imitar, no existe el documento de Cédula de Identidad y Electoral, sino un simple número del Seguro Social, donde se especifican todas las coordenadas de su receptor.

Al concluir el plazo para renovar el documento este día diez de enero, casi dos millones de individuos no dispusieron renovar su cédula, y la JCE ha autorizado a los bancos, que no requieren de ello, para cambiar cheques con cédulas vencidas, una dicotomía y una maroma como la del chivo aquel.

La JCE sí debe actualizar constante su padrón, con el soporte informativo de las oficialías de Estado Civil y los cementerios de quienes ingresan a la mayoría de edad y quienes fallecen para el cotejo pertinente.

Una cédula deteriorada, perdida o robada debieran constituir las excepciones para que la JCE expida una cédula nueva.¡Anímense y modernícenos, Pleno de JCE!

 

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